III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-25063)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Escudo, SL, autorización administrativa previa para el parque eólico Escudo, de 35 MW de potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos municipales de Almúdevar, Gurrea de Gállego y Laluenga (Huesca), Leciñena (Zaragoza) e Isona i Conca Dellà (Lleida).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 8 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA
Y EL RETO DEMOGRÁFICO
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política
Energética y Minas, por la que se otorga a Energía Inagotable de Escudo, SL,
autorización administrativa previa para el parque eólico Escudo, de 35 MW de
potencia instalada, y sus infraestructuras de evacuación, en los términos
municipales de Almúdevar, Gurrea de Gállego y Laluenga (Huesca), Leciñena
(Zaragoza) e Isona i Conca Dellà (Lleida).

Energía Inagotable de Escudo SL (en adelante, el promotor) solicitó, con fecha 7 de
julio de 2021, autorización administrativa previa del parque eólico Escudo de 49,5 MW de
potencia instalada, y su infraestructura de evacuación asociada, que consiste en la
subestación eléctrica «SET San Jorge 30/220 kV», la subestación eléctrica «SET
Almudévar 30/220/400 kV», la subestación eléctrica «SET Laluenga I4 30/400 kV», una
línea de alta tensión «LAAT 220 kV SET San Jorge - SET Almudévar», otra línea de alta
tensión «LAAT 400 kV SET Almudévar 30/220/400 - SET Laluenga I4 kV» y otra línea de
alta tensión «LAAT 400 kV SET Laluenga I4 - SET Isona 400 REE», hasta la SET
Isona 400 kV, propiedad de Red Eléctrica de España, SAU El resto de la infraestructura
de evacuación no forma parte del alcance de la solicitud.
Corresponde a la Administración General del Estado autorizar las instalaciones de
producción, incluyendo sus infraestructuras de evacuación, que excedan del ámbito
territorial de una Comunidad Autónoma, todo ello según el artículo 3 de la Ley 24/2013,
de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico.
La Dirección General de Política Energética y Minas, con fecha 24 de julio de 2021,
dictó acuerdo de acumulación para la tramitación conjunta de los expedientes de
autorización administrativa previa de los parques eólicos Tau, Pictor, Sigma, Teorema,
Perseus, Escudo, Pavo, Fornax, Hadar, Superelipse, Orion, Sarin y sus infraestructuras
de evacuación, en las provincias de Huesca, Zaragoza y Lleida, con número de
expediente asociado PEol-637AC.
En dicho acuerdo se ponía de manifiesto que resultaba razonable acordar la
tramitación conjunta y acumulada de estos expedientes hasta el momento de la
resolución de cada una de las solicitudes presentadas.
El expediente fue incoado y tramitado en las Áreas de Industria y Energía de las
Subdelegaciones del Gobierno en Huesca, Zaragoza y Lleida, y se tramitó de
conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que
se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y
procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y con lo dispuesto
en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, habiéndose solicitado los
correspondientes informes a las distintas administraciones, organismos y empresas de
servicio público o de servicios de interés general en la parte que la instalación pueda
afectar a bienes y derechos a su cargo.
Se han recibido contestaciones de las que no se desprende oposición de la Dirección
General de Energía y Minas del Gobierno de Aragón, de la Demarcación de Carreteras
del Estado en Aragón del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, de Red
Eléctrica de España, del Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF), al
Departamento de Vías y Obras de la Diputación Provincial de Zaragoza, de la Agencia
Catalana del Agua y de Ferrocarriles de la Generalitat de Catalunya. Se ha dado traslado
al promotor de dichas contestaciones, el cual manifiesta su conformidad con las mismas.

cve: BOE-A-2023-25063
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