III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DERECHOS SOCIALES Y AGENDA 2030. Delegación de competencias. (BOE-A-2023-25068)
Resolución de 20 de noviembre de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales, sobre delegación de la competencia sobre la gestión de la ayuda a domicilio básica y teleasistencia domiciliaria básica a la Ciudad de Ceuta.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 8 de diciembre de 2023

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5. En el caso del servicio de teleasistencia el Imserso, siempre que lo estime
conveniente, podrá realizar la supervisión de las instalaciones de la empresa o entidad
que haya resultado adjudicataria, con objeto de comprobar que la misma cumple con los
compromisos estipulados, de conformidad con las instrucciones aprobadas al respecto.
Octavo.

Justificación del gasto.

La Ciudad de Ceuta queda obligada a justificar anualmente los gastos efectuados
con cargo a la Delegación realizada, en el plazo máximo de los tres meses siguientes a
la finalización de cada ejercicio presupuestario. En el supuesto de una menor
justificación de los gastos, en el ejercicio siguiente el Imserso únicamente transferirá la
diferencia entre el total presupuestado y la cantidad dejada de justificar.
Los gastos se justificarán con facturas originales junto con una relación certificada de
los datos relativos a personas titulares y, en su caso, usuarias, servicios y coste real del
mismo en cada período.
Asimismo, presentarán una Memoria Justificativa de los gastos realizados y
Evaluativa de los servicios prestados, en la que conste, como mínimo, los siguientes
datos:





Las actividades realizadas.
El coste de dichos servicios.
Los datos relativos a personas titulares y, en su caso, usuarias y servicios.
Los resultados obtenidos.

Noveno.

Duración.

La duración de la delegación será de cinco años. No obstante el Imserso podrá
revocar o avocar, en cualquier momento, dicha delegación.
Asimismo, la delegación de competencias podrá revocarse a petición de la Ciudad de
Ceuta.
Disposición final única.

Entrada en vigor.

La presente resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-25068
Verificable en https://www.boe.es

Madrid, 20 de noviembre de 2023.–El Director General del Instituto de Mayores y
Servicios Sociales, Luis Alberto Barriga Martín.

https://www.boe.es

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X