V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. (BOE-B-2023-36889)
Extracto de la resolución de 5 de diciembre de 2023 de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E. por la que se convocan entregas dinerarias sin contraprestación a las entidades colaboradoras en gestión de ayudas de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E., para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 8 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 59817

Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el alquiler de espacio
o similar en formatos virtuales (aquí estarán incluidos los suministros de feria y
arrendamiento de equipos, así como la cuota de inscripción en la feria cuando esta
sea obligatoria pagarla a la organización ferial para poder participar en la feria), la
decoración y otros gastos (de promoción, como publicidad, catálogo, etc.).
d) Compra de documentación externa ya elaborada.
El concepto susceptible de ser objeto de la ayuda es la adquisición de la
documentación (bases de datos y cualquier otro tipo de documentación o informes,
independientemente del soporte, que se adquiera a terceros).
e) Jornadas Técnicas de Asociaciones.
El concepto susceptible de ser objeto de la ayuda son los gastos inherentes a
la organización y desarrollo de jornadas técnicas, tanto presenciales como
virtuales.
f) Bolsas de Viaje.
Viajes necesarios para la asistencia de los representantes de las Entidades
Colaboradoras a distintas actividades promocionales en el extranjero como
Misiones de Estudio, Ferias con Asociaciones, Exposiciones, Misiones Directas o
Jornadas Técnicas de Asociaciones. No se concederán Bolsas de Viaje dentro del
ámbito de la Unión Europea.
g) Otras actividades de internacionalización.
Se podrá solicitar ayuda para cualquier otra actividad (tanto presencial como
virtual) de promoción de la internacionalización no incluida en los apartados
anteriores y que la Entidad Colaboradora acredite ser de oportunidad para su
sector en el mercado objetivo para el que se solicite, como son seminarios,
jornadas, congresos, convenciones y campañas de promoción y comunicación.
Finalmente, sólo se considerarán gastos elegibles los facturados por terceros
distintos de la beneficiaria, quedando en consecuencia excluidos tanto los costes
internos de la Entidad Colaboradora y los de la/s empresa/s con ella, como los de
autofacturación de las entidades beneficiarias.
Tercero. Bases reguladoras.
Normativa por la que se regula la concesión de ayudas de la entidad pública
empresarial ICEX España Exportación e Inversiones, E.P.E., de 21 de noviembre
de 2019.

Las ayudas que se concedan en virtud de la presente convocatoria tendrán una
cuantía máxima global de 1.000.000 de euros. Por tanto, una vez concedidas
ayudas que globalmente alcancen esta cuantía las solicitudes de ayudas serán
denegadas.
El importe máximo en euros de cada una de las ayudas concedidas será el
siguiente:
a) Soportes de difusión y promoción: 100.000

cve: BOE-B-2023-36889
Verificable en https://www.boe.es

Cuarto. Importe.