V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO. (BOE-B-2023-36889)
Extracto de la resolución de 5 de diciembre de 2023 de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E. por la que se convocan entregas dinerarias sin contraprestación a las entidades colaboradoras en gestión de ayudas de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E., para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de diciembre de 2024
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 293

Viernes 8 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 59816

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO

36889

Extracto de la resolución de 5 de diciembre de 2023 de ICEX España
Exportación e Inve rsione s E.P.E. por la que se convocan e ntre gas
dine rarias sin contrapre stación a las e ntidade s colaboradoras e n
gestión de ayudas de ICEX España Exportación e Inversiones E.P.E.,
para actividades cuya realización esté prevista del 1 de enero al 31 de
diciembre de 2024

BDNS(Identif.):731444
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/
2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la
convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional
de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/
731444)
Primero. Beneficiarios.
Podrán ser beneficiarias las asociaciones o federaciones españolas de
exportadores o entidades similares reconocidas como entidades colaboradoras de
ICEX con las que se haya firmado el correspondiente Convenio.
Segundo. Objeto.
1. Convocar la concesión de entregas dinerarias sin contraprestación a las
Asociaciones o Federaciones Españolas de Exportadores o Entidades similares
reconocidas como Entidades Colaboradoras de ICEX con las que se haya firmado
el correspondiente Convenio cuyo objeto sea el apoyo a la promoción de la
internacionalización de la empresa española a través de determinadas actividades
cuya realización esté prevista del 1 de enero hasta el 31 de diciembre de 2024.
2. La actividad apoyada y sus gastos asociados han de haber sido realizados
con posterioridad a la aprobación del gasto por parte de ICEX.
3. Las actividades sujetas a ayudas serán las siguientes:
a) Soportes de difusión y promoción.
ICEX podrá requerir la inclusión de su logo o del Ministerio de adscripción en el
material promocional.
Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el diseño, la creación
y la impresión del material.

Los conceptos susceptibles de ser objeto de la ayuda son el alquiler de espacio
o similar en formatos virtuales (aquí estarán incluidos los suministros de feria y
arrendamiento de equipos, así como la cuota de inscripción en la feria cuando esta
sea obligatoria pagarla a la organización ferial para poder participar en la feria),
decoración y gastos de promoción (publicidad, catálogo, etc.).
c) Stand de la entidad colaboradora en ferias con asociaciones (FA), en ferias
tanto presenciales como virtuales.

cve: BOE-B-2023-36889
Verificable en https://www.boe.es

b) Pabellones Informativos Sectoriales (tanto presenciales como virtuales).