III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2023-24968)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el segundo Convenio entre la Secretaría General de Administración Digital y la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, para la asignación de equipos portátiles y/o separables dentro de la Iniciativa «Puesto de Trabajo Inteligente», en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia -financiado por la Unión Europea- Next Generation EU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 7 de diciembre de 2023

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corresponde a la SGAD la provisión de servicios en materias TIC a aquellos órganos con
los que se acuerde.
Cuarto.
Que, de acuerdo con el Real Decreto 1072/2014, de 19 de diciembre, por el que se
crea la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria y se aprueba su Estatuto, la Agencia
Estatal de Seguridad Ferroviaria tiene personalidad jurídica diferenciada respecto de la
Administración General del Estado, patrimonio y tesorería propios y autonomía de
gestión y funcional, dentro de los límites establecidos por la Ley 28/2006, de 18 de julio,
y por el mencionado Estatuto. Por tanto, la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria está
habilitada para la gestión de los medios materiales asignados.
Quinto.
Que la Agencia Estatal de Seguridad Ferroviaria, considera de gran utilidad disponer
de los equipos portátiles y/o separables enmarcados en la iniciativa de Puesto de
Trabajo Inteligente del Plan de Digitalización de las Administraciones Públicas 2021-2025
para dotar a los empleados públicos de soluciones colaborativas y de movilidad en los
puestos de trabajo, que les permitan tanto su uso presencial en las instalaciones del
organismo o entidad como, en su caso, fuera de las mismas.
Sexto.
Que es posible la aplicación del Fondo de Recuperación Next Generation EU a la
adquisición de los equipos portátiles y/o separables, siendo el presente Convenio el
instrumento destinado a hacer efectiva la medida «Puesto de Trabajo Inteligente»,
incluida en el C11.I1, mediante la asignación a la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria de dichos equipos, así como la cesión de su derecho de uso.
Séptimo.
Que es de interés general para las partes firmantes dar respuesta al objetivo común
de incrementar la eficacia y la eficiencia de las Administraciones, facilitar la aplicación de
economías de escala y contribuir a la racionalización y simplificación de la actuación
administrativa.
Por todo ello, ambas partes suscriben el presente convenio, que se regirá por las
siguientes
CLÁUSULAS
Primera. Objeto.

1.º Llevar a cabo la asignación por la SGAD a la Agencia Estatal de Seguridad
Ferroviaria de 15 equipos portátiles y/o separables, adquiridos por aquella con cargo al
Fondo de Recuperación Next Generation EU, así como la cesión de su derecho de uso.
Dicha asignación se realiza con la siguiente distribución:
a) Equipos separables: 15, cuyos números de serie e inventario se adjuntan en el
anexo I.
2.º Establecer los términos, las condiciones generales y las responsabilidades de
las partes con relación a la asignación de los equipos portátiles y/o separables y la
cesión de su derecho de uso.

cve: BOE-A-2023-24968
Verificable en https://www.boe.es

Constituye el objeto de este convenio: