III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-24958)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre la Universidad Nacional de Educación a Distancia, la Universidad Complutense de Madrid y el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, para la coedición y difusión de la revista «Historia y Política».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 7 de diciembre de 2023

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responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del
convenio y a las demás partes firmantes.
Si trascurrido el plazo indicado en el requerimiento persistiera el incumplimiento, la parte
que lo dirigió notificará a las partes firmantes la concurrencia de la causa de resolución y se
entenderá resuelto el convenio. La resolución del convenio por esta causa podrá conllevar
la indemnización de los perjuicios causados si así se hubiera previsto.
5. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio.
6. Por las demás establecidas en la legislación vigente.
Cualquiera de las partes podrá denunciar el presente convenio comunicándolo a las
otras partes intervinientes por escrito con tres meses de antelación a la fecha en la que
se fije la resolución del mismo, si bien las partes se comprometen a finalizar en el plazo
máximo de tres meses el desarrollo de las acciones ya iniciadas en el momento de la
comunicación de la resolución.
Decimoquinta.
En cumplimiento de lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas
en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y
por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), y de lo establecido en la Ley
orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los
derechos digitales, el tratamiento de los datos de carácter personal que se derive del presente
convenio queda sujeto a lo dispuesto a lo establecido en la normativa legal vigente.
Decimosexta.
El presente convenio tiene naturaleza interadministrativa y está regulado por el título
preliminar, capítulo VI, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del
Sector Público.
Decimoséptima.
Las discrepancias surgidas acerca de la interpretación, desarrollo, modificación,
resolución y de los efectos que pudieran derivarse del desarrollo del presente convenio,
deberán de solventarse en el marco de la Comisión Mixta de Seguimiento regulada en el
mismo. Sólo si no se llegara a un entendimiento, las cuestiones litigiosas quedan
sometidas al orden jurisdiccional contencioso-administrativo.
Y, en prueba de conformidad y para la debida constancia de todo lo acordado, las
partes firman el presente convenio, en el lugar y fecha indicados en su comienzo.–La
Directora del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, M.ª Yolanda Gómez
Sánchez.–El Rector magnífico de la Universidad Nacional de Educación a Distancia,
Ricardo Mairal Usón.–La Vicerrectora de Cultura, Deporte y Extensión Universitaria de la
Universidad Complutense de Madrid, Isabel María García Fernández.
ANEXO
cve: BOE-A-2023-24958
Verificable en https://www.boe.es

Presupuesto anual estimado (dos números de revista)
1. Gastos de edición: 10.000 euros.
2. Honorarios colaboradores: 1.600 euros.
3. Otros gastos: 400 euros.
Total gastos estimados: 12.000 euros.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X