III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES. Convenios. (BOE-A-2023-24960)
Resolución de 30 de noviembre de 2023, de la Subsecretaría, por la que se publica el Convenio entre el Centro para el Desarrollo Tecnológico y la Innovación, E.P.E., y el Ministerio del Interior, relativo a la contratación precomercial de servicios de I+D para el traslado de detenidos, presos y penados, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292

Jueves 7 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162627

La configuración interior es la siguiente:
Zonas

Planta automotriz: Chasis/motor autobús

Delantera.

Conducción y escolta.

Central de celdas.

Compuesto de 14 celdas con 2 plazas por celda, quedando distribuidas 7 celdas a cada lado de un pasillo central, en el sentido
de la marcha con capacidad total para 28 DPyP, así como WC separado en su parte final.

Trasera.

Para escolta.

Bodega /Maletero. Situada en la parte inferior y con una capacidad de 10m3, está dedicada al trasporte de equipajes y expedientes de los DPyP.

Vehículo microbús celular, 12/16 plazas de DPyP.
Este tipo de vehículo fue diseñado para los traslados entre prisiones,
fundamentalmente sin tener el carácter de regular y normalmente atendiendo a
requerimientos de la SGIP que, bien por su urgencia, bien por su no sincronía con los de
largo recorrido, sea necesario ejecutar. De igual manera, estos vehículos son muy útiles
para aquellas operaciones de menor envergadura, pero en las que el número de DPyP
es relativamente elevado.
Así, se consigue mayor maniobrabilidad que en el vehículo anterior, principalmente
en el interior de poblaciones, donde los servicios con DPyP están fundamentalmente
destinados al traslado y puesta a disposición judicial, y/o traslado de la sede judicial al
centro penitenciario de ingreso.
Este tipo de segmento de vehículo es el que plantea más impedimentos técnicos
para su fabricación, motivado por la prácticamente nula fabricación de las bases
automotrices iniciales necesarias (auto-bastidor microbús) para construir el vehículo final
adecuado a la orden INT/2573/2015, de 30 de noviembre que actualmente regula la
construcción de los vehículos celulares. La configuración de estos vehículos se divide
según su planta automotriz en:
Zonas

Tipo 1: chasis/cabina camión

Delantera.

Tipo 2: auto-bastidor camión

Conducción y escolta.

Anexa a delantera. Para escolta.



Compuesto por 3 celdas de 2 plazas en cada lateral en sentido
Central de celdas. de la marcha con capacidad para un total de 12 DPyP, así como
WC separado en su parte final.
Trasera.

Compuesto por 4 celdas de 2 plazas en cada lateral en
sentido de la marcha con capacidad para un total de 16
DPyP, así como WC separado en su parte final.

Para escolta.
Dedicada al trasporte de equipajes y expedientes de los DPyP.

Bodega/ Maletero. El maletero va situado en la parte trasera del vehículo,
inmediatamente detrás del compartimento donde va situada la
escolta.

La bodega/maletero va situada en la parte inferior del
vehículo, y posee una capacidad de 5 m3.

Este segmento es el más versátil por su maniobrabilidad. Son furgones de Masa
Máxima Autorizada (MMA) <3.500 kg y los materiales utilizados son, como en el caso de
los anteriores, pesados y caros por cuanto van al límite de MMA. Este es el vehículo que
más se utiliza ya que no precisa otro permiso de conducir que el B y es el que mejor
responde parar atender a los requerimientos con una cierta discreción, toda vez que
habitualmente son capaces de acceder a los garajes de las sedes judiciales o centros
sanitarios, debido a la envergadura del propio vehículo. Con carácter excepcional y
siempre a requerimiento de SGIP son utilizados en traslados interprovinciales de
carácter urgente.

cve: BOE-A-2023-24960
Verificable en https://www.boe.es

Furgón celular, 5 plazas de DPyP.