III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24974)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo del Grupo Rodilla.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 292
Jueves 7 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 162856
4. El concepto salarial que nazca fruto de la revalorización establecida en la
disposición transitoria primera del Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de
Restauración Moderna se denominará «CSDT 1.ª».
Disposición adicional sexta.
En todo lo no previsto en el presente convenio colectivo será de aplicación lo
expuesto en el Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración
Moderna.
Disposición adicional séptima.
Incapacidad Temporal.
Aquellas personas trabajadoras que tengan un sistema respecto al complemento de
IT distinto al regulado en el artículo 31 que pueda ser considerado una condición más
beneficiosa, lo mantendrán a título personal.
Disposición adicional octava. Aplicación convenio colectivo Sectorial Estatal de Marcas
de Restauración Moderna en la sociedad Nostra Restauración SLU.
La aplicación del presente convenio colectivo en la sociedad Nostra Restauración
SLU se realizará tras la suscripción de un acuerdo con la representación legal de las
personas trabajadoras de los centros de trabajo que vinieran aplicando otro convenio
colectivo provincial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 del Convenio
Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración Moderna. En caso de no alcanzar
un acuerdo con la citada representación legal de las personas trabajadoras, se
continuará aplicando el convenio colectivo provincial que se venía aplicando.
En los centros de la sociedad Nostra Restauración SLU de nueva apertura que se
produzcan, se aplicará directamente, sin necesidad de seguir el trámite expuesto en la
presente disposición, el presente convenio colectivo.
ANEXO I
Reclasificación profesional y adscripción salarial al convenio colectivo sectorial
estatal de Marcas de Restauración
Rodilla Sánchez SL, Cafeteros desde 1933 SL y Alada 1850 SL
Grupo profesional I.
Grupo profesional II.
Grupo profesional III.
Puestos Grupo Rodilla
Nivel Salarial Convenio
Colectivo Marcas
de Restauración Moderna
Gerente.
Gerente.
Nivel I
Supervisor de Restauración Moderna.
Encargado.
Nivel II
Preparador de Restauración Moderna.
Asistente de Restauración Moderna.
Preparador responsable.
Nivel III +C. Salarial
Preparador de Restauración Moderna.
Nivel III
Asistente de Restauración Moderna.
Nivel IV
cve: BOE-A-2023-24974
Verificable en https://www.boe.es
C) Grupos del área funcional tercera del ALEH
Núm. 292
Jueves 7 de diciembre de 2023
Sec. III. Pág. 162856
4. El concepto salarial que nazca fruto de la revalorización establecida en la
disposición transitoria primera del Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de
Restauración Moderna se denominará «CSDT 1.ª».
Disposición adicional sexta.
En todo lo no previsto en el presente convenio colectivo será de aplicación lo
expuesto en el Convenio Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración
Moderna.
Disposición adicional séptima.
Incapacidad Temporal.
Aquellas personas trabajadoras que tengan un sistema respecto al complemento de
IT distinto al regulado en el artículo 31 que pueda ser considerado una condición más
beneficiosa, lo mantendrán a título personal.
Disposición adicional octava. Aplicación convenio colectivo Sectorial Estatal de Marcas
de Restauración Moderna en la sociedad Nostra Restauración SLU.
La aplicación del presente convenio colectivo en la sociedad Nostra Restauración
SLU se realizará tras la suscripción de un acuerdo con la representación legal de las
personas trabajadoras de los centros de trabajo que vinieran aplicando otro convenio
colectivo provincial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 del Convenio
Colectivo Sectorial Estatal de Marcas de Restauración Moderna. En caso de no alcanzar
un acuerdo con la citada representación legal de las personas trabajadoras, se
continuará aplicando el convenio colectivo provincial que se venía aplicando.
En los centros de la sociedad Nostra Restauración SLU de nueva apertura que se
produzcan, se aplicará directamente, sin necesidad de seguir el trámite expuesto en la
presente disposición, el presente convenio colectivo.
ANEXO I
Reclasificación profesional y adscripción salarial al convenio colectivo sectorial
estatal de Marcas de Restauración
Rodilla Sánchez SL, Cafeteros desde 1933 SL y Alada 1850 SL
Grupo profesional I.
Grupo profesional II.
Grupo profesional III.
Puestos Grupo Rodilla
Nivel Salarial Convenio
Colectivo Marcas
de Restauración Moderna
Gerente.
Gerente.
Nivel I
Supervisor de Restauración Moderna.
Encargado.
Nivel II
Preparador de Restauración Moderna.
Asistente de Restauración Moderna.
Preparador responsable.
Nivel III +C. Salarial
Preparador de Restauración Moderna.
Nivel III
Asistente de Restauración Moderna.
Nivel IV
cve: BOE-A-2023-24974
Verificable en https://www.boe.es
C) Grupos del área funcional tercera del ALEH