III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Subvenciones. (BOE-A-2023-24991)
Orden TED/1317/2023, de 29 de noviembre, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones de la Fundación Biodiversidad, F.S.P., en régimen de concurrencia competitiva, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo Plus para impulsar la transición ecológica a través de actuaciones de capacitación dirigidas a personas desempleadas, trabajadoras y emprendedoras.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 7 de diciembre de 2023

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En este mismo sentido, y, como parte de las políticas de mejora de las competencias
de las personas, el Gobierno de España ha introducido un nuevo Sistema de Formación
Profesional, dotándose así de un instrumento ágil y eficaz, que facilita la cualificación y
recualificación de las personas, ajustándose así a la demanda ante los desafíos como
país relacionado con la transición ecológica. Este instrumento unifica los sistemas de
Educación Profesional y el Sistema de cualificaciones de la Ley 5/2002 de las
Cualificaciones y la Formación Profesional, en un único sistema de Formación
Profesional, con la aprobación de la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de
ordenación e integración de la Formación Profesional.
Para ello, y entre otras acciones, serán subvencionables, si así se recoge en las
diferentes convocatorias, la contratación para la formación en alternancia, realizada bajo
la modalidad contractual recogida en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley del
Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de
octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los
Trabajadores, vigente tras la modificación operada por el artículo 1.1 del Real Decretoley 32/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reforma laboral, la
garantía de la estabilidad en el empleo y la transformación del mercado de trabajo.
Esta modalidad dual se entiende como aquella que tiene por objeto la cualificación
profesional de las personas, combinando los procesos de enseñanza y aprendizaje en la
empresa y en el centro de formación de acuerdo con lo que establece el Real
Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el cual se desarrolla el contrato de formación
y el aprendizaje.
Se pretende que la empresa y el centro de formación estrechen sus vínculos, aúnen
esfuerzos y favorezcan una mayor inserción del alumnado en el mundo laboral durante el
periodo de formación. Esta capacitación podrá estar incluida en las enseñanzas de
formación profesional, educación universitaria o en el Catálogo Nacional de
Cualificaciones Profesionales, todas ellas incluidas en el Sistema Nacional de
Educación.
Las ayudas que se concedan al amparo de esta orden, siempre que contemplen
capacitación enmarcada en el Sistema Nacional de Educación, estarán exentas de la
aplicación del régimen de minimis, y tendrán la consideración de ayudas de Estado, de
acuerdo con lo establecido en la Comunicación de la Comisión relativa al concepto de
ayuda estatal conforme a lo dispuesto en el artículo 107, apartado 1, del Tratado de
Funcionamiento de la Unión Europea, al considerarse que, la educación pública,
organizada dentro del sistema nacional de educación financiada y supervisada por el
Estado, puede considerarse una actividad no económica. Estos principios pueden
comprender servicios de educación pública como son la formación profesional, la
educación universitaria o las incluidas en el Catálogo Nacional de Cualificaciones
Profesionales.
La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en su disposición adicional decimosexta,
modificada por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, establece que la aprobación de las
bases reguladoras corresponde al órgano de la administración que financie en mayor
proporción la subvención correspondiente, siendo en este caso el Ministerio para la
Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en cuyos presupuestos figuran las partidas
que financian a la FB para las actividades relacionadas con sus objetivos estatutarios.
Cabe destacar entre estos objetivos el de fomentar el empleo verde, que respete la
igualdad de oportunidades y su acceso, así como la consideración de la biodiversidad y
el patrimonio natural en las actividades económicas.
Asimismo, la disposición adicional decimosexta de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, establece que las fundaciones del sector público únicamente podrán
conceder subvenciones cuando así se autorice a la correspondiente fundación de forma
expresa mediante acuerdo del ministerio de adscripción u órgano equivalente de la
administración a la que la fundación esté adscrita. Por lo anteriormente expuesto, y en
aplicación de lo dispuesto en los artículos 10 y 17.1 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, y en el artículo 61.p) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, corresponde la

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Núm. 292