III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-24902)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Parque FV Hércules, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica Hércules de 134,234 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Palomeque, Cedillo del Condado, El Viso de San Juan, Illescas, Ugena, Casarrubuelos, Cubas de la Sagra, Torrejón de la Calzada, Griñón, Humanes de Madrid, y Fuenlabrada (Toledo y Madrid).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162383

Agricultura de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Seguridad, Protección
Civil y Formación de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior de la Comunidad de
Madrid, a la Dirección General de Salud Pública de la Consejería de Sanidad de la
Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consejería de
Cultura Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de
Protección Ciudadana de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del
Gobierno de Castilla La Mancha, a la Dirección General de Salud Pública de la
Consejería de Sanidad del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Viceconsejería de
Cultura y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes del Gobierno de
Castilla-La Mancha, a la Dirección General de Medio Natural y Biodiversidad de la
Consejería de Desarrollo Sostenible del Gobierno de Castilla-La Mancha, a la Dirección
General de Urbanismo de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la
Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Planificación Territorial y Urbanismo de
la Consejería de Fomento del Gobierno de Castilla-La Mancha, a WWF ADENA, a SEO
Birdlife, al Instituto Internacional de Derecho y Medio Ambiente (IIDMA), a Ecologistas en
Acción-CODA (Confederación Nacional), a la Asociación Española para la Conservación
y el Estudio de los Murciélagos (SECEMU), a la Sociedad Española de Sanidad
Ambiental y a GREFA.
El Área Funcional de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Madrid
emitió un segundo informe en fecha 3 de agosto de 2023. Complementado con
documentación en posteriores actualizaciones. Dicho informe de tramitación de segunda
información pública y documentación posterior se remitieron a la Dirección General de
Calidad y Evaluación Ambiental.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El proyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante, EsIA)
han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental, habiendo sido
formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada mediante Resolución
de 28 de agosto de 2023 de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental del
Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (en adelante, DIA o
declaración de impacto ambiental), en la que se establecen las condiciones ambientales,
incluidas las medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la
evaluación ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el «Boletín
Oficial del Estado».
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las
aceptadas tras la información pública y consultas y las propuestas en su información
adicional, en tanto no contradigan lo dispuesto en la DIA.
Sin perjuicio del cumplimiento de la totalidad de los condicionantes al proyecto
establecidos en la DIA, en tanto informe preceptivo y determinante que, conforme al
artículo 41 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, establece las condiciones en las que
puede desarrollarse el proyecto durante su ejecución y su explotación, para la definición
del proyecto se atenderá, en particular y entre otras, a las siguientes condiciones y
medidas dispuestas en la DIA, aportándose, en su caso, la documentación necesaria a
tal efecto:
– Eliminar parte de la superficie de la planta solar según lo reflejado en la DIA, según
la condición 1.i). (1).; Tal y como se pone de manifiesto en el citado condicionante la
configuración final de la implantación deberá consensuarse con el organismo
competente en medio ambiente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
– Eliminar las superficies de la implantación coincidentes con el Ámbito de
Protección A.III.1 «Torrejoncillo de los Higos» y el yacimiento arqueológico del mismo
nombre, en coordinación con el organismo competente en patrimonio cultural de la
comunidad autónoma afectada, según las condiciones 1.i). (1)., 1.ii). (46)., y 1.ii). (47).

cve: BOE-A-2023-24902
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Núm. 291