III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Instalaciones eléctricas. (BOE-A-2023-24901)
Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se otorga a Global Solar Energy Veintiséis, SL, autorización administrativa previa para la instalación fotovoltaica PSF Leima de 50,1 MW de potencia instalada, y su infraestructura de evacuación, en Alicante, Mutxamel, El Campello y Sant Joan d'Alacant (Alicante).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 6 de diciembre de 2023

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del organismo a esta última contestación del promotor, por lo que se entiende la
conformidad del mismo en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido Real
Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Se recibe contestación de i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U., el cual
comunica que las separatas presentadas no contemplan las afecciones a instalaciones
de su titularidad. Se da traslado al promotor, el cual aporta planos donde se representa la
servidumbre de las líneas, plano de detalle de distancia de apoyo a canalización de
media tensión y la separata de afección a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, S.A.U. No
se ha recibido respuesta de la empresa a esta última contestación del promotor, por lo
que se entiende su conformidad en virtud de lo dispuesto en el artículo 127.4 del referido
Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Preguntados el Ayuntamiento de Busot, el Ayuntamiento de El Campello y la
Dirección General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Economía
Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo de la Generalitat Valenciana, no
se ha recibido respuesta por su parte, por lo que se entiende su conformidad en virtud de
lo dispuesto en el artículo 127.2 del referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.
Asimismo, la petición fue sometida a información pública, de conformidad con lo
previsto en el referido Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y en la citada
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, con la publicación el 23 de julio de 2022 en el «Boletín
Oficial del Estado» y con fecha 4 de agosto de 2022 en el Boletín Oficial de la Provincia
de Alicante. No se recibieron alegaciones.
Igualmente, se remitieron separatas del anteproyecto y del estudio de impacto
ambiental acompañadas de solicitudes de informe en relación a lo establecido en la
Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental, a la Confederación
Hidrográfica del Júcar, O.A., a la Dirección General de Medio Natural y Evaluación
Ambiental, a la Dirección General de Prevención de Incendios Forestales y
Sensibilización y a la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Pesca de la
Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Emergencia Climática y Transición Ecológica
de la Generalitat Valenciana, a la Dirección General de Cultura y Patrimonio de la
Consejería de Educación, Cultura y Deporte de la Generalitat Valenciana, a la Agencia
de Seguridad y Respuesta a las Emergencias de la Consejería de Justicia, Interior y
Administración Pública de la Generalitat Valenciana, a la Dirección General de Salud
Pública y Adicciones de la Consejería de Sanidad Universal y Salud Pública de la
Generalitat Valenciana, a la Dirección General de Política Territorial y Paisaje de la
Consejería de Política Territorial, Obras Públicas y Movilidad de la Generalitat
Valenciana, a la Oficina Española del Cambio Climático del Ministerio para la Transición
Ecológica y el Reto Demográfico, a WWF-ADENA, a SEO/Birdlife y a Ecologistas en
Acción del País Valencià.
La Dependencia de Industria y Energía de la Subdelegación del Gobierno en Alicante
emite informe en fecha 6 de febrero de 2023.
Considerando que en virtud del artículo 42 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el
órgano sustantivo debe tener debidamente en cuenta, para la autorización del proyecto,
la evaluación de impacto ambiental efectuada.
El anteproyecto de la instalación y su estudio de impacto ambiental (en adelante,
EsIA) han sido sometidos al procedimiento de evaluación de impacto ambiental,
habiendo sido formulada Declaración de Impacto Ambiental favorable, concretada
mediante Resolución de 28 de agosto de 2023 de la Dirección General de Calidad y
Evaluación Ambiental del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico
(en adelante, DIA), en la que se establecen las condiciones ambientales, incluidas las
medidas preventivas, correctoras y compensatorias, que resultan de la evaluación
ambiental practicada, y que ha sido debidamente publicada en el «Boletín Oficial del
Estado» núm. 222 de 16 de septiembre de 2023.
De acuerdo con lo establecido en la DIA, serán de aplicación al proyecto las
condiciones ambientales establecidas y las medidas preventivas, correctoras y
compensatorias y, en su caso, medidas de seguimiento contempladas en el EsIA, las

cve: BOE-A-2023-24901
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Núm. 291