III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24895)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Remediación ambiental de residuos mineros y emplazamientos afectados por la minería en Cartagena-La Unión".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 162238

Tras el análisis formal, se solicita al órgano sustantivo la aportación del informe de
los órganos de la Región de Murcia competentes en materia de espacios naturales
protegidos y biodiversidad y en materia de riesgos ante accidentes graves y catástrofes,
con fecha 27 de junio de 2023, los cuales son aportados a la tramitación el 26 de octubre
de 2023, quedando el expediente completo para la formulación de la declaración de
impacto ambiental.
3.

Análisis técnico del expediente:

3.1

Análisis de alternativas:

El estudio de impacto ambiental aborda el análisis de alternativas en 3 niveles de
actuación:
– Alternativas referentes a la remodelación topográfica del terreno:
A este nivel, el promotor compara los efectos ambientales diferenciales entre la
alternativa de mantener la topografía actual y la de remodelar topográficamente las
plataformas de las instalaciones mineras y reducir las pendientes de los taludes,
reduciendo el riesgo de deslizamiento de suelos y otras formas de erosión superficial. El
promotor justifica la selección de la segunda opción como medida de reducción de la
erosión y transporte de residuos mineros.
– Alternativas referentes al sistema de sellado de las instalaciones de residuos
mineros y emplazamientos afectados:
El promotor analiza 5 posibles metodologías para el sellado de acumulaciones de
residuos potencialmente contaminantes, seleccionando finalmente el empleo de
tecnosoles, el confinamiento de lodos mineros entre barreras impermeables
(encapsulado in situ) y la fitoestabilización, por resultar más efectivos para mantener los
residuos acumulados en un espesor de suelo superficial controlado y definido. Las otras
dos alternativas, fitoextracción y la metodología «MIPOLARE», son descartadas por el
promotor, por constituir un riesgo para la biodiversidad y por no reunir los terrenos las
propiedades adecuadas.
– Alternativas de restauración del paisaje forestal y su integración paisajística:
El promotor selecciona la metodología de fitoestabilización y, en casos de fuertes
pendientes sin remodelación del terreno, el empleo de obras de bioingeniería. Estas
opciones son consideradas ambientalmente más recomendables frente a la tercera
alternativa planteada, consistente en la reforestación de zonas con especies vegetales
capaces de absorber los contaminantes del suelo por sus raíces (fitoextracción), por
entrañar esta última opción mayores riesgos futuros para la biodiversidad.

3.2.1

Tratamiento de los principales impactos del proyecto:
Aire.

El promotor diferencia los impactos durante la fase de ejecución del proyecto, que
serán negativos por emisión de partículas de polvo y gases contaminantes, de los
producidos durante la fase de funcionamiento, esto es, una vez finalizados los trabajos
de reforestación e integración paisajística, que serán positivos por verse reducida la
erosión y transporte eólicos sobre un suelo cargado de sustancias contaminantes.
Las medidas planteadas en el estudio de impacto ambiental para mitigar las
emisiones de partículas de polvo y gases procedentes de la maquinaria se consideran
adecuadas. Sin perjuicio de lo anterior, la previsión de reducción de los perjuicios
ocasionados por la erosión y transporte eólico de suelos con sustancias contaminantes
debería ser constatada mediante un adecuado programa de seguimiento.

cve: BOE-A-2023-24895
Verificable en https://www.boe.es

3.2