III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24896)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto «Parque solar fotovoltaico "BCN Solar 1", de 115,12 MW, y su infraestructura de evacuación, en las provincias de Tarragona y Lleida».
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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serán prácticamente imperceptibles; además, esta afección quedará paliada con buenas
prácticas en obra como el riego de superficies pulverulentas y cubrición de los camiones
de transporte de áridos, entre otras Durante la fase de explotación el promotor estima
que el impacto debido a la generación de polvo es despreciable.
Por otra parte, el EsIA también valora como efecto negativo la ocupación del suelo
para la realización de las instalaciones en detrimento del uso y aprovechamiento actual
del mismo, consistente en mosaico de cultivos, sobre una superficie de 262,443 ha, con
la eliminación del efecto positivo que la vegetación existente puede suponer sobre la
atmósfera. No obstante, destaca que esta ocupación también va a generar un producto,
la energía eléctrica y, por tanto, un aprovechamiento. Así, el empleo de energía eléctrica
producida por las PFV evitará la producción de CO2 y otros gases de efecto invernadero
(GEI) y supondrá un ahorro en materias primas como el gas o el carbón necesarios para
conseguir una producción de energía eléctrica equivalente. En concreto, según el EsIA,
la PSFV BCN Solar 1 tiene una generación prevista de 255.727 MWh/año y una vida útil
estimada de 40 años, lo que supondrá un ahorro total de emisiones de 2.196.902,77 t
CO2 equivalentes. Esto compensa, según el EsIA, cualquier efecto de las emisiones
previstas por la realización del proyecto.
Por último, El EsIA no considera que exista probabilidad de emisiones de calor
debidas al proyecto y, en previsión de la posible afección por contaminación lumínica
durante la fase de explotación, afirma que se dispondrá de un sistema de zonificación de
la iluminación de las instalaciones, así como de diferentes sistemas de iluminación
diferenciada (estándar, emergencia y sorpresiva).
Para la minimización de la contaminación lumínica, se incluyen medidas específicas
en el condicionado de la presente resolución. Además, el condicionado dedicado a
población y salud humana recoge prescripciones relacionadas con la protección de las
personas en relación al ruido, entre otros.
Agua.

Las actuaciones se ubican dentro de la Demarcación Hidrográfica de la Cuenca del
Ebro (PSFV, SE Conca y primera mitad de la LAAT), y de la Demarcación de las
Cuencas Internas de Cataluña (segunda mitad de la LAAT de 220 kV, LASAT 400 kV y
SE Promotores).
Según indica el EsIA, la zona presenta numerosos cauces de drenaje escindidos de
la red principal. Los cursos de agua relevantes más cercanos a la PSFV y que nacen
muy próximos a la implantación son el Barranc de Maldanell (discurre entre los vallados),
la Riera de Maldanell (25 m del vallado), el Barranc de la Teulera (discurre entre el
vallado), el Barranc de Vinyet (1.500 al norte del vallado), el Torrent de Forès (730 m al
este del vallado), el Barranc del Xano (360 m al sur del vallado) y la Rasa de Les Comes
(575 m al norte del vallado). Todos ellos son ramificaciones del río Corb, que discurre por
su valle a unos 7,5 km de la implantación y en paralelo a la Serra del Tallat. No hay
zonas inundables próximas. Por otro lado, la LAAT de 220 kV sobrevuela diversos
cauces como la riera de Madanell, el Clot de la Creu, Fondo de Blancafort, Barranc del
Tossal Gros, y el Barranc del Mas d’En Xup. La LASAT de 400 kV y la SE promotores se
encuentran próximos al Barranc del Reguer.
Esta Dirección General constata mediante comprobación cartográfica que numerosas
infraestructuras que forman parte de la actuación pretendida presentan interferencias
con la zona de policía de varios cauces y algunas limitan muy estrechamente con zonas
de servidumbre.
En relación a los impactos sobre las aguas, en el EsIA se señala que el desbroce, los
movimientos de tierra y, la aparición de superficies de suelo desnudo, provocarán un
aumento de la susceptibilidad de aparición de fenómenos erosivos, con el consecuente
arrastre de sedimentos a los cauces naturales y disminución de la calidad de sus aguas.
Debido a la cercanía de algunos arroyos, se prevé que se pueda producir modificación
de la red de drenaje superficial. También existe riesgo potencial de contaminación de
aguas superficiales y subterráneas por derrame accidental. Como medidas preventivas

cve: BOE-A-2023-24896
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