I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-24845)
Real Decreto 1012/2023, de 5 de diciembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a la financiación de proyectos sostenibles de mantenimiento y rehabilitación del patrimonio histórico con uso turístico en las ciudades de Ceuta y Melilla, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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d) Al menos el 70 % (en peso) de los residuos de construcción y demolición no
peligrosos (excluido el material natural mencionado en la categoría 17 05 04 en la Lista
europea de residuos establecida por la Decisión 2000/532/EC) generados, en las
actuaciones previstas en esta inversión, será preparado para su reutilización, reciclaje y
recuperación de otros materiales, incluidas las operaciones de relleno utilizando residuos
para sustituir otros materiales, de acuerdo con la jerarquía de residuos y el Protocolo de
gestión de residuos de construcción y demolición de la UE.
e) Los operadores limitarán la generación de residuos en los procesos relacionados
con la construcción y demolición, de conformidad con el Protocolo de gestión de residuos
de construcción y demolición de la UE y teniendo en cuenta las mejores técnicas
disponibles y utilizando la demolición selectiva para permitir la eliminación y
manipulación segura de sustancias peligrosas y facilitar la reutilización y reciclaje de alta
calidad mediante la eliminación selectiva de materiales, utilizando los sistemas de
clasificación disponibles para residuos de construcción y demolición.
Artículo 5. Plazo de ejecución.
El plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables conforme a este real
decreto finalizará el segundo trimestre de 2026.
Artículo 6. Cuantía y financiación.
1. El importe máximo de las subvenciones otorgadas será de tres millones de euros
(3.000.000 €), con el siguiente desglose:
a) La dotación financiera para la ciudad de Ceuta será de un millón quinientos mil
euros (1.500.000 €).
b) La dotación financiera para la ciudad de Melilla será de un millón quinientos mil
euros (1.500.000 €).
2. La cuantía de estas subvenciones se abonará con cargo a la aplicación
presupuestaria 20.50.43ND.751 «Mantenimiento y rehabilitación sostenible de bienes
inmuebles patrimonio histórico. Mecanismo de Recuperación y Resiliencia» de los
Presupuestos Generales del Estado para el año 2023.
3. El importe de las subvenciones en ningún caso podrá ser de tal cuantía que,
aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos,
supere el coste de la actividad subvencionada.
Artículo 7.

Compatibilidad de las subvenciones.

No cabrá cofinanciación sobre el mismo proyecto. Dado que estas ayudas se
financian con cargo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, los beneficiarios no
podrán recibir ayuda de otros programas e instrumentos de la Unión para cubrir los
mismos costes, de conformidad con el artículo 9 del Reglamento (UE) 2021/241 del
Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021.

1. Se autoriza la concesión directa de las subvenciones objeto de este real decreto,
en aplicación de lo previsto en el artículo 22.2 c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,
en relación con el artículo 28, apartados 2 y 3 de dicha ley, y en el artículo 67 de su
Reglamento de desarrollo, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio,
atendiendo a su carácter singular que se deriva de las excepcionales circunstancias en
que han de realizarse las actividades subvencionadas, dado que concurren razones de
interés público que determinan la improcedencia de su convocatoria pública.

cve: BOE-A-2023-24845
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 8. Procedimiento de concesión.