I. Disposiciones generales. MINISTERIO DEL INTERIOR. Escuelas particulares de conductores. Conductores. (BOE-A-2023-24843)
Real Decreto 1010/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento regulador de las escuelas particulares de conductores, aprobado por el Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre; y el Reglamento General de Conductores, aprobado por el Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

Sec. I. Pág. 162023

Disposición transitoria única. Convocatoria de cursos y pruebas para la obtención
del certificado de aptitud de profesor de formación vial.
Los cursos y pruebas para la obtención del certificado de aptitud de profesor de
formación vial se seguirán convocando durante, al menos, los cinco años siguientes a la
entrada en vigor de este real decreto.
Una vez transcurrido este plazo se valorará la necesidad de seguir convocando
dichos cursos y pruebas, procediéndose, en su caso, a la modificación del Reglamento
regulador de las escuelas particulares de conductores, con observancia de lo dispuesto
en el Real Decreto 472/2021, de 29 de junio, por el que se incorpora al ordenamiento
jurídico español la Directiva (UE) 2018/958 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 28
de junio de 2018, relativa al test de proporcionalidad antes de adoptar nuevas
regulaciones de profesiones.
Disposición derogatoria única. Derogación normativa.
Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo
dispuesto en el presente real decreto.
Disposición final primera. Título competencial.
Este real decreto se dicta al amparo de lo dispuesto en el artículo 149.1.21.ª de la
Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de tráfico y
circulación de vehículos a motor.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el
«Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 5 de diciembre de 2023.
FELIPE R.
El Ministro del Interior,

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X