I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Procesos de facturación. (BOE-A-2023-24840)
Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos de los registros de facturación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 291

Miércoles 6 de diciembre de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA
24840

Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el
Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y
programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de
facturación de empresarios y profesionales, y la estandarización de formatos
de los registros de facturación.

Las necesidades de urgente adaptación del tejido empresarial español, y muy
especialmente, de las pymes, las microempresas y los autónomos, a las exigencias de la
digitalización, sumadas a la creciente demanda de la sociedad en orden a obtener de
sus administraciones tributarias una constante mejora de la asistencia y del control
tributario, impone necesidades de estandarización y modernización de sistemas y
programas informáticos o electrónicos que soportan los procesos contables, de
facturación y de gestión de empresarios y profesionales. Esta modernización exige, por
un lado, asegurar la interconexión de tales sistemas informáticos, y su compatibilidad
con los sistemas informáticos de clientes, proveedores y administraciones públicas, pero,
por otro lado, exige también asegurar la calidad de la información, la confianza en la
inalterabilidad indebida de los datos, la trazabilidad de los mismos y la interdicción del
uso del llamado software de supresión y manipulación de ventas.
Con ser importantes, los anteriores propósitos encuentran su sentido en un objetivo
aún más amplio que desde las organizaciones internacionales (OCDE y Unión Europea)
han dado en llamar «cumplimiento tributario por diseño». Se trata de asegurar una
conexión sencilla, barata, segura y eficiente entre administrados y administración en
entornos digitalizados. El desarrollo de estos sistemas informáticos debe permitir a
medio plazo un significativo ahorro de los costes de cumplimiento de toda índole y, en
particular, por lo que se refiere al presente real decreto, de los costes de cumplimiento
tributario.
Los terribles efectos que la pandemia de COVID-19 ha producido sobre la salud
pública, la sociedad y la economía española, han desencadenado, como contrapartida,
una vigorosa reacción por parte de las autoridades de la Unión Europea en orden a
facilitar y respaldar la recuperación de las economías europeas. Dicha reacción,
manifestada a través del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, supone la
aprobación de un Mecanismo de financiación del que España, como Estado Miembro, va
a participar significativamente. El mecanismo, que está dotado con fondos de la UE,
supone una oportunidad financiera al permitir asignar fondos en atención a cuatro ejes
principales, uno de los cuales, el de Transformación Digital pretende, entre otros
objetivos, la modernización y digitalización del ecosistema del empresariado español.
Por su parte, la Administración tributaria también afronta un importante reto en el
referido Plan, ya que la modernización del sistema fiscal para un crecimiento inclusivo y
sostenible exige encarar reformas materiales en el sistema tributario, pero también la
modernización de los instrumentos procedimentales y de gestión de la información. Todo
ello con la debida garantía de respeto a los derechos de los contribuyentes y con una
estrategia basada en el ensanchamiento de las Bases Imponibles, en el fomento del
cumplimiento tributario y en el reforzamiento de la asistencia al contribuyente.
Aunando ambos objetivos de la digitalización, privados y públicos, este real decreto
pretende conseguir la modernización de la dotación digital de pymes, microempresas y
autónomos, a la vez que una mejora en el cumplimiento tributario y en la lucha contra el
incumplimiento. La consecución de tales objetivos contribuirá a la evaluación de las

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