III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24824)
Resolución de 27 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parque eólico Quirino, de 42 MW, y su infraestructura de evacuación, TM: Tauste en la provincia de Zaragoza".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Martes 5 de diciembre de 2023

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superficies temporalmente ocupadas y al desmantelamiento de las instalaciones
provisionales necesarias.
El INAGA señala en su informe que será relevante el impacto paisajístico en la
Comarca de las Cinco Villas, teniendo en cuenta las características de los
aerogeneradores, así como su proximidad al núcleo urbano de Tauste. Atendiendo a
dicho informe, el promotor eliminó la posición QNO-06 (a menos de 1 km del municipio).
A pesar de la eliminación de esa posición, el INAGA señala que algunos
aerogeneradores se sitúan a menos de 1,5 km del núcleo urbano de Tauste.
Por su parte, la Dirección General de Ordenación del Territorio del Gobierno de
Aragón indica que el promotor deberá velar por el cumplimiento de los objetivos 13 y 14
de la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón. El promotor señala que se están
cumpliendo dichos objetivos.
Teniendo en cuenta el análisis realizado en el EsIA, así como los informes de los
diferentes organismos, esta Dirección General requirió al promotor que aportase
alternativas de ubicación de los aerogeneradores QNO-05 y QNO-07, de forma que se
alejasen del núcleo urbano de Tauste.
Esta Dirección General valora como positiva la reubicación de los aerogeneradores
propuestos respecto al paisaje, al alejarlos de la población de Tauste, sin embargo, el
promotor deberá cumplir con las condiciones establecidas en el apartado ii) Condiciones
relativas a medidas preventivas, correctoras y compensatorias para los impactos más
significativos, subapartado Paisaje.
Patrimonio Cultural y Bienes de Dominio Público.
De acuerdo con la prospección arqueológica presentada por los promotores, se han
identificado los siguientes elementos de interés:
– Convento de Franciscanos, situado a 264 m de la LSMT.
– Iglesia de San Antonio Abad, a 336 m de la LSMT.
– «Hallazgo N.º 10», se trata de unos restos cerámicos, se han localizado a 46 m de
la LSMT.
– «Hallazgo n.º 35», también son restos cerámicos situados a 200 m del trazado de
la LSMT.
– «Hallazgo nuevo 4» (restos cerámicos) a 400 m de la LSMT.
Según los datos proporcionados por la Dirección General de Gestión Forestal, Caza
y Pesca del Gobierno de Aragón, así como la información proporcionada por el promotor,
se identifican las siguientes vías pecuarias en el ámbito de estudio:
– Cañada real de Navarra: cruza el parque eólico entre los aerogeneradores
QNO-03 y QNO-04 y es afectada por sus viales de acceso; además, el trazado de la
LSMT cruza esta vía pecuaria.
– Vereda de Novillas: es coincidente con el trazado de la carretera A-126 por donde
se accederá al parque eólico.
– Cordel de Sigüenza: es cruzado por la LSMT a la altura de Tauste.
– Vereda de Putamariz: los dos últimos kilómetros de la LSMT se proyecta paralela a
esta vereda.
Asimismo, la esquina noreste de la poligonal coincide parcialmente con el
MUP 50000449 «Bosquetes de Tauste», si bien no estará afectado por ninguna
infraestructura.
La Dirección General de Patrimonio Cultural del Gobierno de Aragón señala que no
se conoce patrimonio paleontológico que vaya a ser afectado, pero que, en el caso de
que se encuentre, se deberá comunicar a la mencionada Dirección General. Por otro
lado, en cuanto al patrimonio arqueológico, se considera necesario que se presenten los
resultados de las prospecciones arqueológicas ante la Dirección General de Patrimonio
Cultural del Gobierno de Aragón.

cve: BOE-A-2023-24824
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Núm. 290