III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24821)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Lean Grids Services, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 290

Martes 5 de diciembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24821

Resolución de 24 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Lean Grids Services,
SL.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Lean Grids Services, SL (Código
de convenio: 90104472012023), que fue suscrito con fecha 14 de septiembre de 2023,
de una parte, por las personas designadas por la Dirección de la empresa, en
representación de la misma, y de otra por las secciones sindicales de UGT, CCOO, USO
y SIE, en representación de los trabajadores afectados, y que ha sido definitivamente
subsanado mediante acta de fecha 21 de noviembre de 2023, y de conformidad con lo
dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores,
texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el
Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios
colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado convenio en el correspondiente Registro de
convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 24 de noviembre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón
Prieto.
CONVENIO COLECTIVO LEAN GRIDS SERVICES, SL
CAPÍTULO I
Disposiciones generales
Ámbito Funcional.

Al amparo de lo regulado en el Título III del Estatuto de los Trabajadores, se acuerda
el presente convenio colectivo en la sociedad Lean Grids Services, SL (en adelante, la
«Empresa»).
En los términos previstos en el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores, este
convenio colectivo será de aplicación igualmente en los supuestos de sucesión
empresarial previstos en dicho artículo.
Artículo 2. Ámbito Territorial.
El presente convenio colectivo afecta a todos los centros de trabajo de la Empresa
en el Estado Español, tanto los actualmente existentes como los que pudieran crearse
en el futuro, y los trabajadores incluidos en su Ámbito Personal, y se aplicará con
preferencia con sujeción a los términos previstos legalmente.

cve: BOE-A-2023-24821
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 1.