II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. Destinos. (BOE-A-2023-24688)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Lunes 4 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA
24688

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Secretaría General de
Servicios Judiciales, de la Consejería de Justicia, Administración Local y
Función Pública, por la que se otorga destino al personal funcionario del
Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que
superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1254/2022, de 7
de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al
servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as/ del Cuerpo de
Auxilio Judicial (turno libre), nombrados/as funcionarios/as/as de carrera del Cuerpo de
Auxilio Judicial por Orden de 21 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a
los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable
del servicio de personal de la Delegación Territorial de la Consejería de Justicia,
Administración Local y Función Pública de la provincia en la que se encuentre el destino
adjudicado, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la
publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo
establecido en el artículo 29 del citado Real Decreto, y en el artículo 30 de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en
dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por
cuadruplicado ejemplar, previamente por la Delegación Territorial que corresponda.

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta resolución, que pertenezcan
ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y
Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será
necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comuniquen, en su caso, a la Delegación Territorial correspondiente, a los efectos de
declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del personal al servicio de
la Administración de Justicia.
Tercero.
En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio
Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para

cve: BOE-A-2023-24688
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Segundo.