II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA. Destinos. (BOE-A-2023-24687)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia, Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso selectivo, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Lunes 4 de diciembre de 2023

Sec. II.A. Pág. 160870

II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE GALICIA
24687

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia,
Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes,
por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio
Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó el proceso
selectivo, convocado por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
ingreso, provisión de puestos de trabajo y promoción profesional del personal
funcionario al servicio de la Administración de Justicia, se ha resuelto adjudicar
destinos en los órganos judiciales y fiscales que se relacionan en el anexo I a los/las
funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial (turno libre) nombrados/as
funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 21 de
noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los/las funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia
a los/las que se les otorga destino deberán tomar posesión de su cargo en el
correspondiente departamento/delegación territorial de la Vicepresidencia Primera y
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes dentro del plazo de veinte (20) días
hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín
Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real
decreto y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento
administrativo común de las administraciones públicas.

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta resolución que pertenezcan
ya al cuerpo de gestión procesal y administrativa o tramitación procesal y administrativa y
que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos no será necesario que se
desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro
del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero comuniquen, en su caso,
a la gerencia territorial correspondiente o al órgano competente de las comunidades
autónomas con traspasos recibidos dicha opción, a los efectos de declaración de la
excedencia voluntaria prevista en el artículo 506 d) de la Ley orgánica 6/1985, de 1 de
julio, del poder judicial. Una copia de la resolución por la que se les declara en situación
de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de Personal de la
Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal de la Administración de
Justicia.
Tercero.
En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio
Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de la gerencia territorial, o del órgano
competente de la comunidad autónoma correspondiente a su destino como

cve: BOE-A-2023-24687
Verificable en https://www.boe.es

Segundo.