II. Autoridades y personal. - A. Nombramientos, situaciones e incidencias. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN. Destinos. (BOE-A-2023-24693)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia, del Departamento de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia, por la que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas selectivas convocadas por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 289

Lunes 4 de diciembre de 2023

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL
A. Nombramientos, situaciones e incidencias

COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ARAGÓN
24693

Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Justicia,
del Departamento de Desarrollo Territorial, Despoblación y Justicia, por la
que se otorga destino al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial
de la Administración de Justicia, turno libre, que superó las pruebas
selectivas convocadas por Orden JUS/1254/2022, de 7 de diciembre.

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real
Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso,
Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al
servicio de la Administración de Justicia, ha resuelto adjudicar destinos en los órganos
judiciales y fiscales que se relacionan en anexo I a los/las funcionarios/as/ del Cuerpo de
Auxilio Judicial (turno libre), nombrados/as funcionarios/as/as de carrera del Cuerpo de
Auxilio Judicial por Orden de 21 de noviembre de 2023, teniendo en cuenta lo siguiente:
Primero.
Los funcionarios/as del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a
los que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable
del órgano judicial o fiscal de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados
desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del
Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el
artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en
dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por
cuadruplicado ejemplar, previamente por la esta Comunidad Autónoma de Aragón.
Segundo.

Tercero.
En caso de que los/las funcionarios/as optaren por ingresar en el Cuerpo de Auxilio
Judicial y quisieran evitar un vacío en la continuidad de sus servicios en la
Administración de Justicia, dada la necesidad de contar con el tiempo indispensable para
efectuar la toma de posesión, podrán solicitar de esta Dirección General de Justicia
correspondiente a su destino como funcionarios/as del Cuerpo de Gestión Procesal y
Administrativa o Tramitación Procesal y Administrativa, un permiso retribuido de un día si

cve: BOE-A-2023-24693
Verificable en https://www.boe.es

Los/las funcionarios/as destinados/as en virtud de esta resolución, que pertenezcan
ya al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa o Tramitación Procesal y
Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos cuerpos, no será
necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando
con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero,
comuniquen, en su caso, a la Dirección General de Justicia dicha opción, a los efectos
de declaración de excedencia voluntaria prevista en el artículo 506.d) de la Ley
Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. Copia de la resolución por la que se le
declara en situación de excedencia voluntaria será remitida al Registro Central de
Personal de la Subdirección General de Acceso y Promoción del Personal al servicio de
la Administración de Justicia.