III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24660)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas, SAU (Tripulantes Técnicos de vuelo).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Sábado 2 de diciembre de 2023

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En suma, se trata de modernizar, mejorar y facilitar un acceso eficiente a información
y recursos clave en tiempo real, como gráficos dinámicos y herramientas de navegación,
que ayuden a manejar mejor la operación segura de las aeronaves.
Conforme se establece en el IV CC y con el fin de regular el uso del dispositivo, Air
Europa y la representación sindical de los TTP acuerdan el siguiente Protocolo de uso
del ED.
Artículo 1. Ámbito.
Afectará́ el presente Protocolo a los pilotos de Air Europa que reciban el ED con el
objeto de su uso en el ámbito de su desempeño como pilotos de esta Compañía Aérea.
Air Europa proporciona el Ed para facilitar el acceso a manuales y se considera un
elemento «pilot attached» necesario para el despacho del vuelo.
El dispositivo electrónico una vez recibido por el piloto, y funcionalmente activo, es
una herramienta para facilitar las labores encomendadas al mismo. Por lo tanto, es
obligación del usuario mantenerlo en adecuado estado de uso para el cumplimiento del
fin al cual está destinado.
Debido al efecto que este cambio tendría en las responsabilidades que actualmente
soporta el piloto se establece la prima de digitalización contemplada en el CC.
Artículo 2.

Cuidado y conservación.

Con el acto de recepción del dispositivo electrónico, el piloto usuario se compromete
a dar al mismo un uso adecuado a su finalidad, así́ como a su conservación y custodia
de forma apropiada, evitando un uso negligente del mismo, sin perjuicio de las
disposiciones que se reseñaran posteriormente.
No está permitido:
A) Usar el ED, el software o las instalaciones de comunicación de datos (tales
como dock stations,...) que la Compañía pueda facilitar para fines incompatibles con esta
política.
B) Modificar el sistema operativo de forma no autorizada.
C) Abrir o intentar reparar el dispositivo
D) Modificar cualquier aplicación suministrada por Air Europa excepto de acuerdo
con las instrucciones específicas provistas para esas aplicaciones.
E) Intentar eliminar o modificar cualquiera de las configuraciones de seguridad.
F) Transferir datos o software a cualquier persona u organización no autorizada.
G) Divulgar su contraseña / códigos de acceso.
Si el piloto sospechara que la seguridad del dispositivo asignado se ha visto
comprometida de alguna manera como, por ejemplo, manipulación por un extraño,
instalación de software malicioso o cualquier otra circunstancia, deberá́ informar de
inmediato a la Compañía que le notificará los pasos a seguir.
Actualización de la información.

La actualización de los datos e información del dispositivo se producirá́ siempre a
través de los sistemas y con los medios que disponga o proporcione Air Europa al
respecto o, alternativamente, los propios del piloto si así́ lo estima oportuno.
La compañía podrá enviar comunicaciones al piloto a través de la aplicación Casillero
Digital respetando el Protocolo de Notificaciones.
Artículo 4.

Pérdida/Robo/Hurto/Daño.

La perdida, robo o hurto del dispositivo electrónico o su rotura por causas ajenas a la
voluntad del piloto no supondrán el derecho de resarcimiento de Air Europa sobre el
coste de este. En las mencionadas situaciones, el piloto comunicará a la Compañía el

cve: BOE-A-2023-24660
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 3.