III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24660)
Resolución de 8 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el V Convenio colectivo de Air Europa Líneas Aéreas, SAU (Tripulantes Técnicos de vuelo).
89 páginas totales
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Sábado 2 de diciembre de 2023
3.5

Sec. III. Pág. 160646

D.L.M.P.: DIETA LARGA MIXTA PERNOCTA.

En la que se devenga una dieta de larga distancia y el límite exento es el de dieta
nacional con pernocta.
Se devengará este tipo de dieta cuando:
– Siendo de pernocta nacional se produzca al menos un salto fuera de Europa en el
periodo de actividad y al menos un BLOCK OFF dentro del día.
Tabla precios dietas pactados:
Tabla precios dietas 2023
Tipo de dieta
N.º

Dieta

Hacienda

P1
Bruto
Exento +
Sujeto

P2

Limite exento
Hacienda

Bruto
Exento +
Sujeto

Limite exento
Hacienda

1 DNC

Nacional sin pernocta.

74,49

36,06

69,27

36,06

2 DNP

Nacional con pernocta.

63,60

53,34

63,60

53,34

3 DNT

(NO EXENTA).

104,26

0,00

84,79

0,00

4 DIC

Internacional sin
pernocta.

135,11

66,11

125,82

66,11

5 DIP

Internacional con
pernocta.

115,72

91,35

115,72

91,35

6 DIT

(NO EXENTA).

189,70

0,00

154,29

0,00

7 DIMC Nacional sin pernocta.

159,92

36,06

138,76

36,06

8 DIMP

Nacional con pernocta.

146,53

53,34

131,77

53,34

9 DLC

Internacional sin
pernocta.

186,38

66,11

167,52

66,11

10 DLP

Internacional con
pernocta.

165,52

91,35

156,65

91,35

11 DLT

(NO EXENTA).

240,96

0,00

195,98

0,00

12 DLMC Nacional sin pernocta.

211,19

36,06

180,46

36,06

13 DLMP Nacional con pernocta.

197,78

53,34

173,48

53,34

19,27

0,00

15,67

0,00

14

Desayuno.

ANEXO IV

Desde la entrada en vigor del presente convenio, AEA reconoce como
representantes de los Pilotos a 8 delegados sindicales de la Sección Sindical de SEPLA,
según el artículo 10.3 de la Ley Orgánica de 2 de agosto de 1985, 11/1985, de Libertad
Sindical.
Sin que superen el número de los 8 miembros reconocidos a la Sección Sindical de
SEPLA uno (1) podrá ser cargo electo del Sindicato SEPLA.
En cualquier caso, los delegados deberán ser trabajadores en activo de la
Compañía.
Se acuerda que el colectivo profesional de los Tripulantes Técnicos Pilotos formará
un colegio ajeno e independiente al de los Técnicos y administrativos y de especialistas y

cve: BOE-A-2023-24660
Verificable en https://www.boe.es

Representación de los Tripulantes Técnicos