V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA. (BOE-B-2023-36284)
Acuerdo de la Delegación del Gobierno en Cataluña sobre la publicación de la revocación del acuerdo de necesidad de ocupación de los bienes y derechos afectados por la modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del Puerto de Barcelona (DEUP) en los términos municipales de Barcelona y El Prat de Llobregat en lo referente a la finca Prat 050.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 288

Sábado 2 de diciembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 58796

V. Anuncios
B. Otros anuncios oficiales
MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

36284

Acue rdo de la De le gación de l Gobie rno e n Cataluña sobre la
publicación de la revocación del acuerdo de necesidad de ocupación de
los bienes y derechos afectados por la modificación sustancial de la
Delimitación de Espacios y Usos Portuarios del Puerto de Barcelona
(DEUP) e n los términos municipale s de Barce lona y El Prat de
Llobre gat e n lo re fe re nte a la finca Prat 050.

En base a la competencia otorgada por el artículo 73.2 de la Ley 40/2015 de
régimen jurídico del Sector Público, la Delegación del Gobierno en Cataluña
tramita el expediente de expropiación de terrenos afectados por la DEUP del
Puerto de Barcelona.
En fecha 17 de septiembre del 2020, la Delegación del Gobierno en Cataluña
aprobó la necesidad de la ocupación de los bienes y la adquisición de derechos
afectados, detallando la relación concreta e individualizada de estos bienes y
derechos. Esta resolución fue notificada a los propietarios y publicada por los
medios previstos en el artículo 21.2 de la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre
expropiación forzosa
En fecha 15 de noviembre de 2023, la ministra de Transportes, Movilidad y
Agenda Urbana ha aprobado la revocación del citado acuerdo de necesidad de
ocupación en lo referente a la finca Prat 050.
La resolución de revocación modifica el acuerdo de necesidad de ocupación,
por lo que, para continuar con la tramitación del expediente, resulta necesaria su
publicación por los mismos medios que fue publicado en su día el acuerdo ahora
modificado. A estos efectos, se transcribe la citada resolución de revocación y se
ordena su publicación por los medios previstos en el artículo 21.2 de la Ley de 16
de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa:
"La ministra de Transportes, Movilidad, y Agenda Urbana, en relación al
acuerdo de necesidad de ocupación del expediente de expropiación derivado de la
modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos Portuarios (DEUP)
del Puerto de Barcelona, ha dictado en la fecha de la firma la siguiente resolución:

PRIMERO. - La Delegación del Gobierno en Cataluña actúa en el citado
expediente como administración expropiante. Por resolución de fecha 17 de
septiembre de 2020, la entonces delegada del Gobierno en Cataluña acordó la
aprobación definitiva de la relación de bienes y derechos de necesaria ocupación,
afectados por la modificación sustancial de la Delimitación de Espacios y Usos
Portuarios (DEUP) del puerto de Barcelona, de acuerdo con los trámites previstos
en la Ley de expropiación forzosa de 16 de diciembre de 1954 (en adelante LEF) y
su Reglamento de aplicación, aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 (en
adelante REF).
Entre las fincas afectadas por el citado acuerdo de necesidad de ocupación se
encontraba la finca Prat 050, cuyas características, de acuerdo con la relación de
bienes, eran las siguientes:
Referencia catastral: 7338512 DF 2773 G

cve: BOE-B-2023-36284
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