III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE DEFENSA. Convenios. (BOE-A-2023-24597)
Resolución 420/38449/2023, de 23 de noviembre, de la Secretaría General Técnica, por la que se publica el Convenio con la Universidad Pontificia de Comillas, para el desarrollo de actividades formativas y de investigación en el ámbito de la salud mental y de la psicología.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

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implicadas y estarán supeditadas a las normas de seguridad y de régimen interior
establecidas por ambas.
2. Ambas partes, al comienzo de cada acción formativa, a través de la Comisión de
Seguimiento, decidirán aquellos servicios y dependencias del HCDGU-CSVE que
pasarán a formar parte del programa de prácticas, los estudiantes y su número,
calendario, horario y el número total de horas a realizar.
3. La utilización de las instalaciones, así como el trabajo de las personas de cada
una de las partes firmantes en las dependencias de la otra, por motivos derivados del
presente convenio, se regirá por las normas de régimen interior vigentes en cada una de
ellas.
4. Ambas partes asumirán las responsabilidades por los daños y perjuicios que
puedan ocasionarse en el desarrollo normal de las actividades realizadas en el marco de
este convenio, que serán asumidas por la parte de la que dependa el personal causante
de los mismos.
5. La realización de las prácticas académicas tendrá cómo objeto completar la
formación académica de los estudiantes adquirida en Comillas mediante la realización de
actividades en el ámbito profesional. Dichas actividades se organizarán de tal modo que
se ajusten a la formación y competencia de los estudiantes, y de su realización no se
derivarán, en ningún caso, obligaciones propias de una relación laboral, ni su contenido
podrá dar lugar, en ningún caso, a la sustitución de la prestación laboral propia de los
puestos de trabajo.
6. Se podrán dar por terminadas las prácticas de forma anticipada, cuando como
consecuencia de actuaciones de Comillas, el HCDGU-CSVE o el propio estudiante,
concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Incumplimiento de las obligaciones asumidas por el estudiante.
b) Incumplimiento de las obligaciones asumidas por el HCDGU-CSVE o Comillas.
c) Renuncia expresa del estudiante, previa justificación de motivos.
d) Imposibilidad del HCDGU-CSVE o de Comillas para continuar desarrollando las
actividades programadas.
e) Causa de fuerza mayor que impida llevar a cabo las prácticas.
Quinta. Obligaciones del estudiante.

a) Cumplir la normativa vigente establecida por Comillas.
b) Incorporarse al HCDGU-CSVE en la fecha acordada.
c) Cumplir el horario previsto y respetar las normas de funcionamiento, seguridad y
prevención de riesgos laborales del HCDGU-CSVE.
d) Conocer y cumplir el proyecto formativo siguiendo las indicaciones del tutor del
HCDGU-CSVE.
e) Guardar confidencialidad y mostrar una actitud respetuosa hacia la política del
HCDGU-CSVE.
f) Elaborar y entregar al tutor académico una Memoria Final a la conclusión de las
prácticas, según el modelo facilitado por Comillas.
g) Cumplir aquellas otras obligaciones que se acuerden o deriven y disfrutar de los
derechos previstos en la normativa vigente.
Sexta.

Documentación de los estudiantes.

Comillas aportará por duplicado, debidamente cumplimentado y por cada uno de los
estudiantes, el documento del anexo a la Jefatura de Estudios del HCDGU-CSVE, del
cual, una vez firmado, remitirá un ejemplar a Comillas.

cve: BOE-A-2023-24597
Verificable en https://www.boe.es

Los estudiantes deberán tener conocimiento de los términos del convenio y asumirlos
en la formulación y contenido convenidos. Especialmente, los estudiantes se
comprometen a: