V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA. (BOE-B-2023-35975)
Resolución de 27 de septiembre de 2023 de la Delegación Territorial de Economía, Hacienda y Fondos Europeos y de Industria, Energía y Minas en Granada, por la que se declara con concreto de utilidad pública la instalación eléctrica denominada "Proyecto de línea eléctrica de alta tensión 220 kV D/C entre la subestación Límite y la subestación Baza Renovables, en términos municipales de Caniles y Baza (Granada)". Expte nº 12.153/AT.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Viernes 1 de diciembre de 2023

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la construcción de la instalación que se cita y de sus servicios auxiliares o
complementarios, en su caso, o de la constitución de las correspondientes
servidumbres de paso.
Lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los
derechos afectados por la misma, e implica la urgente ocupación de los mismos, a
los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa, de conformidad con
lo dispuesto en el artículo 149 del Real Decreto 1955/2000, adquiriendo la entidad
solicitante la condición de beneficiaria en el expediente expropiatorio, de
conformidad con lo establecido en el artículo 2.2 de la Ley de Expropiación
Forzosa, siempre que se acredite previamente el pago de la tasa legalmente
establecida.
En cualquier momento, el solicitante de la declaración de utilidad pública podrá
convenir libremente con los titulares de los bienes y derechos necesarios, la
adquisición por mutuo acuerdo de los mismos. Este acuerdo, en el momento de
declararse la utilidad pública de la instalación, adquirirá la naturaleza y efectos
previstos en el artículo 24 de la Ley de Expropiación Forzosa, causando, por tanto,
la correspondiente conclusión del expediente expropiatorio. En estos supuestos, el
beneficiario de la declaración de utilidad pública podrá, en su caso, solicitar de la
autoridad competente la aplicación del mecanismo establecido en el artículo 59 del
Reglamento de Expropiación Forzosa.
Segundo.- Ordenar la notificación de la presente resolución a la entidad
solicitante, a las Administraciones u organismos públicos y empresas de servicio
público o de servicios de interés general que informaron o debieron informar
durante su tramitación, a los titulares de bienes y derechos afectados y a los
restantes interesados en el expediente, así como, su publicación en el BOE, el
BOJA y el BOP de Granada, con indicación de que las citadas publicaciones se
realizan, igualmente, a los efectos que determina el artículo 44 y siguientes de la
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe
interponer recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8.3, 14 y
46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa. No obstante, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso
de reposición ante esta Delegación Territorial, en el plazo de un mes a contar
desde el día siguiente a su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto
por los artículos 112.1, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y del
artículo 102.5 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de Administración de la Junta de
Andalucía.
El Delegado Territorial
Fdo.: Gumersindo Carlos Fernández Casas
Anexo. Alegantes en el periodo de información pública
Alegantes con condición de interesados
Jose Manuel Gallardo Blánquez, Mercedes Martínez Molina, Cuadraspania
S.L., Antonio Francisco Campoy Ruiz, Cristina Corral Galera, José Martínez Cano,

cve: BOE-B-2023-35975
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Núm. 287