III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA. Convenios. (BOE-A-2023-24608)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, del Instituto Nacional de Estadística, por la que se publica el Convenio con el Consejo General del Poder Judicial, sobre la integración y consulta de información padronal a través del Punto Neutro Judicial.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

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en todo el territorio nacional, y su Presidente, de conformidad con el artículo 105 de la
propia LOPJ, es la primera autoridad judicial de la nación y, según los artículos 585 y 598
de la LOPJ ostenta la representación del Poder Judicial y del órgano de gobierno del
mismo.
Segundo.
Que el Pleno del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 20
de febrero de 2002, autorizó la constitución del «Punto Neutro Judicial», como una red
de comunicaciones que soporta una plataforma de servicios que permite consultar e
interconectar a los órganos judiciales con terceras entidades como Administraciones
públicas, Colegios Profesionales, Entidades Financieras o Registros, al objeto de mejorar
los tiempos de tramitación de los asuntos ofreciendo para ello herramientas y servicios a
los colectivos que conforman la justicia, para que puedan ser más eficientes y eficaces
en la tramitación de los asuntos judiciales.
Asimismo, el Punto Neutro Judicial, contribuye a facilitar el cumplimiento de lo
regulado en el artículo 46 apartado 2 de la Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso
de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia,
que establece la obligatoriedad del uso de los servicios y consultas ofrecidos a través de
las plataformas de interoperabilidad establecidas por el Consejo General del Poder
Judicial, asegurando el acceso, autenticidad, confidencialidad, integridad, disponibilidad,
trazabilidad, conservación e interoperabilidad de los datos consultados.
Sus objetivos principales son, en el marco de esa compatibilidad e interoperabilidad
entre servicios informáticos al servicio de la Administración de Justicia, facilitar el
cumplimiento de la obligación de colaboración con Jueces y Tribunales establecida en
el artículo 118 de la Constitución y servir de apoyo a la gestión de los procedimientos
judiciales y a las autoridades capacitadas para investigar y llevar a juicio a los autores de
delitos.
Tercero.
Para la articulación del Punto Neutro Judicial se han firmado convenios con aquellas
entidades que permiten, en el marco de la actuación judicial, acceder a sus bases de
datos, regulando la forma y utilización de este acceso, facilitando la realización de las
actuaciones judiciales a través de esta red de comunicaciones y la plataforma que
incorpora, siempre previa resolución procesal que lo autorice.
A su vez, por parte del Consejo General del Poder Judicial se ha firmado junto al
Ministerio de Justicia, Ministerio de Defensa y Fiscalía General del Estado el Convenio
Marco para la utilización de la plataforma de servicios del punto neutro judicial, de fecha
de 5 de octubre de 2022(1), donde se recogen los compromisos de todos ellos en relación
con el acceso a las bases de datos que se pueden consultar a través del Punto Neutro
Judicial y a la información que puede suministrarse a través del mismo, así como en
relación a la actuación de prácticas procesales por medio de esta red de comunicaciones
y la plataforma que incorpora.

Asimismo, se ha firmado un Acuerdo de Colaboración(2) con la Fiscalía Europea
sobre la utilización del Punto Neutro Judicial, cuyo objeto consiste en establecer el marco
de colaboración entre ambas partes en relación con el acceso a esta plataforma cuando
la Fiscalía Europea en España ejerza funciones respecto de las cuales la ley la autorice

cve: BOE-A-2023-24608
Verificable en https://www.boe.es

(1)
https://www.poderjudicial.es/portal/site/cgpj/menuitem.65d2c4456b6ddb628e635fc1dc432ea0/?
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