III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CULTURA. Convenios. (BOE-A-2023-24607)
Resolución de 24 de noviembre de 2023, del Instituto Nacional de las Artes Escénicas y de la Música, por la que se publica la Adenda de modificación al Convenio con Centro de Estudios del Vídeo, SA, para la realización de prácticas externas.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 160407

En virtud de todo lo anterior, y de conformidad con la cláusula décima del convenio,
ACUERDAN
Primero.
Modificar la redacción de la cláusula primera del convenio suscrito por ambas con
fecha 17 de junio de 2021, que quedará redactada del siguiente modo:
Objeto del convenio.

El objeto de este convenio es establecer un programa de prácticas externas
entre el INAEM y el Centro de Estudios del Vídeo, SA, destinado al alumnado de
la misma.
Los tipos de prácticas a desarrollar, en función de la oferta formativa del
Centro de estudios del Vídeo, SA, y de la solicitud del alumnado, serán:
curriculares y extracurriculares. La modalidad de las mismas se establecerá en el
anexo de este convenio.
Las prácticas externas se organizarán de tal modo que se ajusten a la
formación y competencias de sus alumnos y alumnas, y su contenido no podrá dar
lugar a la sustitución de la prestación laboral propia de puestos de trabajo.
El periodo de prácticas curriculares que el alumnado realice en el INAEM
tendrá la duración prevista en el plan de estudios –o en cada oferta en el caso de
las extracurriculares–, y se determinará asimismo en el anexo de este convenio.
La suscripción del presente convenio no conlleva contraprestaciones
económicas entre las partes ni compromiso económico u obligaciones financieras
para el INAEM.
No se adquirirán para el INAEM otras obligaciones ni compromisos que los
contenidos en las normas contempladas en la cláusula duodécima y en el
presente documento. En particular, no derivará para el INAEM obligación alguna
de carácter laboral o de Seguridad Social.
En relación con las obligaciones contempladas en disposición adicional
quincuagésima segunda del texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, añadida
por Real Decreto-ley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la
ampliación de derechos de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y
el establecimiento de un nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de
pensiones, ambas partes acuerdan expresamente que el cumplimiento de las
obligaciones de Seguridad Social del alumnado en prácticas que se deriven del
presente convenio corresponderá al Centro de Estudios del Vídeo, SA, tras la
entrada en vigor de esta nueva normativa, conforme a lo dispuesto en el
artículo 212 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se adoptan y
prorrogan determinadas medidas de respuesta a las consecuencias económicas y
sociales de la Guerra de Ucrania, de apoyo a la reconstrucción de la isla de La
Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad; de transposición de Directivas de la
Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades
mercantiles y conciliación de la vida familiar y la vida profesional de los progenitores
y los cuidadores; y de ejecución y cumplimiento del Derecho de la Unión Europea,
que modifica la disposición final décima (entrada en vigor) del Real Decretoley 2/2023, de 16 de marzo, de medidas urgentes para la ampliación de derechos
de los pensionistas, la reducción de la brecha de género y el establecimiento de un
nuevo marco de sostenibilidad del sistema público de pensiones. El gasto que
suponga esta cotización a la Seguridad Social deberá será asumido por los créditos
ordinarios de los presupuestos del Centro de Estudios de Vídeo, SA.»

cve: BOE-A-2023-24607
Verificable en https://www.boe.es

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