III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24602)
Resolución de 22 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto "Parques Eólicos Secretariat, de 42 MW, y Securita, de 48 MW, y su infraestructura de evacuación, en Luceni, Boquiñeni, Tauste y Ejea de los Caballeros (Zaragoza) y Vitoria-Gasteiz (Álava)".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

Sec. III. Pág. 160366

Parque eólico Securita:
Las posiciones SEC-01 y SEC-02 se ubican sobre el área crítica del cernícalo primilla
y sobre el ámbito de aplicación del plan de conservación del hábitat del cernícalo primilla,
por lo que se considera necesario su eliminación.
Asimismo, teniendo en cuenta la avifauna observada en vuelo a la altura de riesgo de
colisión, las observaciones de quirópteros y la proximidad a zonas sensibles para la
avifauna, se establece que, los aerogeneradores SEC-03 y NUEVO-SEC-06 deberán
incorporar un sistema de detección y parada con pintado de palas.
En general, los parques eólicos Secretariat y Securita se encuentran en una zona de
tránsito de numerosas especies de avifauna, entre las que destaca por su abundancia la
grulla común, especialmente en la zona norte de la implantación, y localizándose varios
dormideros y humedales en el entorno del área de estudio, entre los que se desplaza
habitualmente. Todo ello, hace que presenten un potencial riesgo de colisión. No
obstante, el INAGA en su segundo informe muestra su conformidad con las medidas
propuestas para la mitigación de riesgo para las aves, mediante la instalación de
sistemas de detección y parada y pintado de palas en las posiciones con mayor riesgo.
Sin embargo, esta Dirección General considera que el promotor deberá establecer
protocolos de vigilancia que incluyan, al menos:
– Instalación de sistemas automáticos de detección y parada automática de los
aerogeneradores.
– Diseño de un protocolo de vigilancia presencial llevada a cabo por técnicos
cualificados especialistas en avifauna, que puedan lanzar orden de detección a los
aerogeneradores en situaciones de riesgo de colisión.
– Protocolo de actuación de detención de aerogeneradores bajo determinadas
condiciones, sean climatológicas, horarias, estacionales u otras.
Previamente a la autorización de los proyectos de construcción deberá contarse con
informe favorable del organismo competente en medio ambiente de la Comunidad
autónoma afectada.

La Confederación Hidrográfica del Ebro señala que la línea de evacuación se
encuentra dentro de las llanuras aluviales del rio Ebro, con riesgo de inundación medio y
alto. Adicionalmente, según el Sistema Nacional de Cartografía de Zonas Inundables, el
tramo comprendido entre los apoyos 20-9 al 20-21 se ubica sobre la zona inundable del
río Ebro, de hecho, los apoyos 20-11 al 20-12 cruzan el cauce del mismo río. Asimismo,
entre los apoyos 20-11 y 20-12 sobrevuelan vegetación arbórea, concretamente, los
HIC 3270, 92D0 y 92A0, que debería ser talada con el fin de realizar una calle de
seguridad. Adicionalmente, se trata de un área prioritaria de reproducción, alimentación,
dispersión y concentración local de especies de aves catalogadas, conforme a lo
establecido en el Real Decreto 1432/2008, de 29 de agosto, por el que se establecen
medidas para la protección de la avifauna contra la colisión y la electrocución en líneas
eléctricas de alta tensión. Por consiguiente, esta Dirección General considera
imprescindible soterrar íntegramente el tramo de la línea de evacuación que discurre por
Aragón. Concretamente, el cruce de la línea de evacuación con el río Ebro, se realizará
mediante perforación horizontal dirigida para garantizar la mínima afección sobre el
cauce y su vegetación asociada.
En relación a la afección sobre los HIC por el trazado soterrado de la línea de
evacuación, esta Dirección General considera que se deberán utilizar el trazado de los
caminos existentes, para evitar el impacto sobre los HIC 1430 y 1520*. En el caso de
que no sea técnicamente viable, se deberán restaurar los HIC afectados siguiendo el
Plan de Restauración Ambiental, el cual deberá presentarse ante el organismo
competente en materia de medio ambiente de la comunidad autónoma donde se
emplaza el proyecto. Las superficies en las que no sea posible llevar a cabo dicha

cve: BOE-A-2023-24602
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LASAT 400 kV Conexión SET Boquiñeni a SET Vitoria 400 kV (REE):