I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE DEFENSA. Formación militar. (BOE-A-2023-24511)
Orden DEF/1294/2023, de 22 de noviembre, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la Escala de Suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, mediante la forma de ingreso con exigencia de titulación previa.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 287

Viernes 1 de diciembre de 2023

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de Asociaciones Profesionales de miembros de las Fuerzas Armadas, conforme al
artículo 40.1.c) de la Ley Orgánica 9/2011, de 27 de julio. Finalmente, con arreglo a lo
establecido en el artículo 49.1.c) de la citada ley orgánica, ha sido informado por el
Consejo de Personal de las Fuerzas Armadas. Asimismo, fue sustanciado el trámite de
audiencia e información pública de conformidad con el artículo 26.6 de la Ley 50/1997,
de 27 de noviembre, del Gobierno.
En su virtud, y de conformidad con el artículo 16 de la Orden DEF/1626/2015, de 29
de julio, dispongo:
Artículo único.

Aprobación del currículo.

Se aprueba el currículo de la enseñanza de formación de suboficiales para el acceso
a la escala de suboficiales correspondientes a las especialidades fundamentales del
Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de Marina, mediante las formas
de ingreso con exigencia de titulación previa, cuyo texto se inserta a continuación.
Disposición adicional única.

Empleos eventuales.

Con arreglo al artículo 68.2 de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera
militar, los alumnos de la enseñanza de formación de suboficiales para el acceso a la
escala de suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de
Marina que cursen este currículo, a la finalización del periodo de formación impartido en
la Escuela de Suboficiales (ESUBO) se les concederá, con carácter eventual y a efectos
académicos, de prácticas y retributivos, el empleo de sargento alumno.
Disposición transitoria única.

Extinción de los planes de estudios.

1. El currículo establecido en esta orden ministerial se implementará a partir del
curso académico 2024/2025.
2. Una vez que se implemente el nuevo currículo, los planes de estudios anteriores
se extinguirán, salvo que algún alumno tuviera que repetir algún módulo o el curso
completo, en cuyo caso, no se extinguirá el plan de estudios que le afecte.
Disposición derogatoria única.

Derogación normativa.

1. Queda derogada la Orden Ministerial 56/2012, de 26 de julio, por la que se
aprueban los planes de estudios de la formación militar para el acceso a la escala de
suboficiales correspondientes a las especialidades fundamentales del Cuerpo General y
del Cuerpo de Infantería de Marina de la Armada, mediante la forma de ingreso con
exigencia de titulación previa.
2. Asimismo, queda derogada cualquier otra disposición de igual o inferior rango
que se oponga a lo dispuesto en esta orden ministerial.

El cuadro correspondiente a los módulos formativos obligatorios del curso 1.º,
incluido en el apartado 1 del artículo 2 del anexo de la Orden DEF/498/2023, de 5 de
mayo, por la que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a
la escala de suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de

cve: BOE-A-2023-24511
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Disposición final primera. Modificación de la Orden DEF/498/2023, de 5 de mayo, por la
que se aprueba el currículo de la enseñanza de formación para el acceso a la escala
de suboficiales del Cuerpo General de la Armada y del Cuerpo de Infantería de
Marina, mediante la forma de ingreso sin exigencia de titulación previa.