T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-24497)
Sala Segunda. Sentencia 134/2023, de 23 de octubre de 2023. Recurso de amparo 8144-2021. Promovido por don Juan Carlos Ángel Bernal en relación con las resoluciones dictadas por la Audiencia Provincial de Murcia en procedimiento hipotecario. Vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva (acceso al recurso): inadmisión carente de motivación de un incidente de nulidad de actuaciones en el que se denunciaba la desatención de la doctrina constitucional y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STC 102/2020).
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Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

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caso de dicha doctrina y la vulneración cometida al decidir la Sección Quinta de la
Audiencia Provincial de Murcia continuar con el procedimiento de ejecución.
Frente a tal despliegue argumental, en la providencia impugnada el tribunal se limita
a inadmitir el incidente de nulidad, literal y escuetamente, «por no fundamentar
jurídicamente su pretensión ni alegar motivo bastante para ello al amparo de los
arts. 238 y ss. de la LOPJ». No cabe sino considerar semejante decisión inmotivada,
pues no permite conocer los presupuestos legales a que obedece, con el reprochable
efecto de dejar imprejuzgada la lesión constitucional denunciada por el ahora recurrente.
En tales circunstancias, el incidente excepcional de nulidad de actuaciones no cumple la
función de tutela y defensa de los derechos fundamentales que tiene asignada de
acuerdo con la doctrina expuesta, toda vez que, como antes expusimos, «las decisiones
de inadmisión del incidente de nulidad de actuaciones cuando es procedente su
planteamiento implican la preterición del mecanismo de tutela [de los derechos
fundamentales] ante la jurisdicción ordinaria» (STC 9/2014, de 27 de enero, FJ 3). El
tribunal incurre, por consiguiente, en una vulneración del derecho a la tutela judicial
efectiva sin indefensión (art. 24.1 CE) en los términos revelados.
Todo lo expuesto determina la estimación del presente recurso de amparo, por
haberse vulnerado el derecho fundamental de la recurrente a la tutela judicial efectiva
(art. 24.1 CE).
FALLO
En atención a todo lo expuesto, el Tribunal Constitucional, por la autoridad que le
confiere la Constitución de la Nación española, ha decidido otorgar el amparo a don Juan
Carlos Ángel Bernal y, en consecuencia:
1.º Declarar que ha sido vulnerado su derecho a la tutela judicial efectiva sin
indefensión (art. 24.1 CE), en su dimensión de derecho a una resolución motivada y
fundada en Derecho.
2.º Restablecer al recurrente en su derecho y, a tal efecto, anular la providencia
de 28 de octubre de 2021, dictada por la Sección Quinta de la Audiencia Provincial de
Murcia, y todo lo actuado en dicho procedimiento desde esa resolución.
3.º Retrotraer las actuaciones al momento inmediatamente anterior a que se
pronunciara la providencia de 28 de octubre de 2021, a fin de que se resuelva lo
procedente de forma respetuosa con el derecho fundamental vulnerado.
Publíquese esta sentencia en el «Boletín Oficial del Estado».

cve: BOE-A-2023-24497
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Dada en Madrid, a veintitrés de octubre de dos mil veintitrés.–Inmaculada Montalbán
Huertas.–María Luisa Balaguer Callejón.–Ramón Sáez Valcárcel.–Enrique Arnaldo
Alcubilla.–César Tolosa Tribiño.–Laura Díez Bueso.–Firmado y rubricado.

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D. L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X