V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. (BOE-B-2023-35886)
Resolución de 9 de noviembre de 2023 de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., en relación al control efectivo de caudales en usos privativos de agua y por la que se incorporan nuevas especificaciones a la Orden ARM/1312/2009, de 20 de mayo, para el ámbito territorial de la Demarcación Hidrográfica del Júcar.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 58239

Atendiendo a su situación hidrológica conforme al PHJ 2022-2027, las masas
de agua a las que se aplicarán requerimientos de control adicionales son las
siguientes:
- 080.133 Requena-Utiel.
- 080.200 Mancha Oriental.
- 080.160 Villena Benejama.
- 080.206 Peñarrubia.
- 080.173 Jumilla-Villena.
- 080.181 Serral-Salinas.
- 080.209 Quibas.
- 080.189 Sierra de Crevillente.
2. El organismo de cuenca se reserva la capacidad de ampliar los
requerimientos de control a otras categorías y en otras masas de agua, además de
las señaladas en el apartado anterior, si se considera necesario atendiendo a su
situación hidrológica.
Undécima. Aprovechamientos controlados por el Sistema Automático de
Información Hidrológica (SAIH).
Para aquellos aprovechamientos que ya dispongan de un sistema de medición
de caudales derivados gestionado a través del SAIH de esta Confederación
Hidrográfica del Júcar, no será necesario duplicar dicho sistema de control por
parte la persona titular del aprovechamiento, en tanto en cuanto se mantenga el
SAIH como sistema de control por parte del organismo de cuenca.
En caso contrario, esto es, si el SAIH dejara de utilizarse como sistema de
control por parte del organismo de cuenca, la persona titular del aprovechamiento
quedará obligada a la instalación del sistema de control correspondiente a su
categoría, de conformidad con lo dispuesto en la presente Resolución.
D. Entrada en vigor.
Duodécima. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
BOE.
Décimo tercera. Disposición transitoria.

Valencia, 13 de noviembre de 2023.- El Presidente de la Confederación
Hidrográfica del Júcar, O.A, Miguel Polo Cebellán.
ID: A230045807-1

https://www.boe.es

BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO

D.L.: M-1/1958 - ISSN: 0212-033X

cve: BOE-B-2023-35886
Verificable en https://www.boe.es

Desde la entrada en vigor de la presente Resolución y hasta la notificación
individualizada a los titulares de los aprovechamientos prevista en su apartado 1.4,
seguirá aplicando lo dispuesto por la Orden ARM/1312/2009 de 20 de mayo.