III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN. Comunidad de Madrid. Convenio. (BOE-A-2023-24464)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios, por la que se publica el Convenio de encomienda de gestión a la Comunidad de Madrid, para la realización de trabajos relacionados con la gestión del Banco Nacional de Germoplasma Animal.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

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Ambas partes se reconocen entre sí la capacidad legal suficiente para obligarse en
este acto, y a tal efecto:
EXPONEN
Primero.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3.1.g) del Real Decreto 430/2020,
de 3 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del MAPA, y por el
que se modifica el Real Decreto 139/2020, de 28 de enero, por el que se establece la
estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, le corresponde a la
Dirección General de Producciones y Mercados Agrarios (DGPMA), entre otras, la
función de desarrollar las competencias del departamento en materia de conservación,
selección, mejora, reproducción y material genético de las especies ganaderas.
La Subdirección General de Medios de Producción Ganadera, lleva a cabo la
ejecución de tales competencias.
Segundo.
El Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, por el que se establecen las normas
zootécnicas aplicables a los animales reproductores de raza pura, porcinos
reproductores híbridos y su material reproductivo, se actualiza el Programa nacional de
conservación, mejora y fomento de las razas ganaderas y se modifican los Reales
Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992, de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de
noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, en su artículo 16.1 establece que el Banco
Nacional de Germoplasma Animal será la colección dependiente del MAPA, en la que se
constituirá un duplicado genético del material reproductivo de las colecciones núcleo de
los bancos de germoplasma.
Tercero.
El IMIDRA es un organismo autónomo de carácter mercantil, que en virtud de lo
establecido en los apartados 1 y 3 del artículo 2 de la Ley 26/1997, de 26 de diciembre,
de su creación, modificada parcialmente por la Ley 5/2004, de 28 de diciembre, de
medidas fiscales y administrativas, tiene entre sus funciones, la de apoyar la calidad y
seguridad de los productos agrarios, y ofrecer asistencia técnica a los sectores agrícola,
forestal y ganadero.
Cuarto.
El Centro de Selección y Reproducción Animal («CENSYRA») de Colmenar Viejo, es
un centro dependiente del IMIDRA, que colabora en la mejora genética y selección de
las especies y alberga el Banco de Germoplasma Animal (BGA), con el fin de contribuir
al objetivo del Programa Nacional de Conservación, Mejora y Fomento de las Razas
Ganaderas, asegurando la conservación de las razas en peligro de extinción y
protegiendo la variabilidad genética de las razas.

En el apartado B) del anexo II del Real Decreto 45/2019, de 8 de febrero, se
actualiza el Programa nacional de conservación, mejora y fomento de las razas
ganaderas y se modifican los Reales Decretos 558/2001, de 25 de mayo; 1316/1992,
de 30 de octubre; 1438/1992, de 27 de noviembre; y 1625/2011, de 14 de noviembre, se
designa al CENSYRA de Colmenar Viejo, como institución que acoge al BGA, de
acuerdo con el artículo 16.2, del citado real decreto.

cve: BOE-A-2023-24464
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Quinto.