III. Otras disposiciones. COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS. Bienes de interés cultural. (BOE-A-2023-24478)
Resolución de 20 de octubre de 2023, de la Consejería de Presidencia, Reto Demográfico, Igualdad y Turismo, por la que se incoa expediente para la modificación del Decreto 7/2010, de 27 de enero, por el que se declara bien de interés cultural, con la categoría de Conjunto Histórico, el Pozo Santa Bárbara de La Rebaldana, en el concejo de Mieres.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

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de explotación de la mina y emplazado en el extremo oriental del conjunto; e
Instalaciones de carga y tolvas, de las cuales no se conservan restos.
2. Incluir en el Conjunto el edificio para economato, viviendas y otras dependencias,
sito en el extremo occidental del mismo.
3. Ampliar la delimitación del entorno recogido en el citado Decreto incluyendo
varias parcelas situadas al norte de la carretera AS-337.
De este modo, el Conjunto Histórico quedaría integrado por los siguientes bienes,
cuya descripción se recoge en el Anexo I de la presente Resolución y que forma parte de
la misma, modificación del Anexo I del Decreto 7/2010, de 27 de enero, de la Consejería
de Cultura y Turismo:
1. Casa de máquinas del pozo principal (al este).
2. Embarque y castillete del pozo principal.
3. Edificio central histórico (acogía las antiguas casas de máquinas, en sus
extremos, así como el pabellón central para los compresores).
4. Embarque y castillete del pozo auxiliar.
5. Casa de máquinas del pozo auxiliar (al oeste).
6. Caseta de ventilación (frente al castillete auxiliar, al norte).
7. Edificio para economato, viviendas y otras dependencias de la SHT, en el
extremo occidental (al oeste)
Segundo.
Delimitar un nuevo entorno de protección para dicho Conjunto Histórico, como
ampliación del anteriormente delimitado según Decreto 7/2010, de 27 de enero, de la
Consejería de Cultura y Turismo y conforme a lo dispuesto en el artículo 16.2 de la Ley
del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio Cultural, según la
descripción literal y gráfica que se concreta en el Anexo II de la presente Resolución y
que forma parte de la misma.

Notificar la presente Resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Mieres, al
Registro de la Propiedad, al Catastro y al Registro General de Bienes de Interés Cultural
de la Administración del Estado, así como ordenar su publicación en el «Boletín Oficial
del Principado de Asturias» y en el «Boletín Oficial de Estado», en cumplimiento del
artículo 15 de la Ley del Principado de Asturias 1/2001, de 6 de marzo, de Patrimonio
Cultural.
Este acto pone fin a la vía administrativa y contra el mismo cabe interponer recurso
contencioso-administrativo ante la Sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia
del Principado de Asturias en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al
de su publicación, sin perjuicio de la posibilidad previa de interposición del recurso
potestativo de reposición ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes
contado desde el día siguiente al de su publicación, no pudiéndose simultanearse ambos
recursos, conforme a lo establecido en el artículo 28 de la Ley del Principado de
Asturias 2/1995, de 13 de marzo, sobre régimen jurídico de la Administración del
Principado de Asturias, y en el artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, los
interesados podrán ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.
Oviedo, 20 de octubre de 2023.–La Consejera de Presidencia, Reto Demográfico,
Igualdad y Turismo, Gimena Llamedo González.

cve: BOE-A-2023-24478
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Tercero.