III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE JUSTICIA. Recursos. (BOE-A-2023-24442)
Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de calificación de la registradora de la propiedad de Pola de Laviana, por la que se suspende la inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa solicitada.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE JUSTICIA
24442

Resolución de 2 de noviembre de 2023, de la Dirección General de
Seguridad Jurídica y Fe Pública, en el recurso interpuesto contra la nota de
calificación de la registradora de la propiedad de Pola de Laviana, por la que
se suspende la inscripción de la representación gráfica georreferenciada
alternativa solicitada.

En el recurso interpuesto por don R. M. N., en nombre y representación de don J. L.
F. R., contra la nota de calificación de la registradora de la Propiedad de Pola de
Laviana, doña Guadalupe Cuesta Vizoso, por la que se suspende la inscripción de la
representación gráfica georreferenciada alternativa solicitada.
Hechos
I
Mediante instancia, de fecha 28 de marzo de 2023, se solicitaba la iniciación del
procedimiento del artículo 199 de la Ley Hipotecaria para la inscripción de la
georreferenciación alternativa de una finca.
II
Presentada dicha instancia en el Registro de la Propiedad de Pola de Laviana, fue
objeto de la siguiente nota de calificación:
«Examinado y calificado el precedente documento, de fecha 28/03/2023, que fue
presentado en este Registro de la Propiedad con fecha 17/04/2023, asiento 1831 del
Diario 134, y tras examinar los antecedentes del Registro, así como todos los
documentos complementarios en él reseñados; la Registradora que suscribe, ha
tramitado el procedimiento regulado por el artículo 199 de la Ley Hipotecaria para la
inscripción de la representación gráfica georreferenciada alternativa de la finca registral
número 149 del Ayuntamiento de San Martín del Rey Aurelio, C.R.U. 330140001152987,
practicando las comunicaciones prevenidas en dicho artículo, y, una vez terminado el
plazo de alegaciones, ha resuelto suspender la inscripción de la representación gráfica
georreferenciada alternativa solicitada, en base a los siguientes:

Cursadas las comunicaciones prevenidas en el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, el
titular de la finca con referencia catastral 33060A019007670000HL, colindante con la
finca que motiva el expediente, ha comparecido ante la Registradora que suscribe,
manifestando su oposición a la inscripción de la representación gráfica georreferenciada
alternativa aportada, en base a las siguientes alegaciones: “I. M. F., con DNI/NIF (…), y
domicilio a efectos de notificaciones en (…) tanto en nombre propio, como en nombre y
representación de los herederos de F. G. A., titulares indivisos de la finca de referencia
catastral 33060A019007670000HL, y, en tal condición, receptores de comunicación de
esa entidad, de fecha 15/05/23, por la cual se nos traslada modificación en finca
colindante, la de referencia catastral 33060A019007680000HT, a efectos (ver supra), y
por medio de la presente, cursa las siguientes alegaciones: ‘Referencia catastral:
33060A019007670000HL’ Antecedentes. a) Ambas fincas provienen de un tronco
común, compartiendo –en su día– las instalaciones de un molino. De hecho, la linde
entre ambas se corresponde al antiguo trazado del canal de dicho molino. El río (…)

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Hechos: