T.C. Sección del Tribunal Constitucional. TRIBUNAL CONSTITUCIONAL. Sentencias. (BOE-A-2023-24503)
Pleno. Sentencia 140/2023, de 24 de octubre de 2023. Recurso de amparo 4952-2019. Promovido por don Javier Ignacio Maroto Aranzábal y doña Salomé Pradas Ten en relación con las resoluciones del presidente y la mesa del Senado que dieron por cumplimentado el requisito de promesa o juramento de acatamiento de la Constitución por todos los senadores. Supuesta vulneración del derecho de representación política: STC 65/2023 (ausencia de acreditación de la incidencia, por la aceptación de las veintinueve fórmulas de acatamiento controvertidas, en la función representativa de los parlamentarios recurrentes). Voto particular.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

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en la sesión constitutiva del Senado en la XIII Legislatura, tuvo por cumplimentado por
todos los senadores presentes el requisito de promesa o juramento de acatamiento de la
Constitución.
2. Los hechos en que se fundamenta la demanda de amparo son los que
seguidamente se relacionan:
a) El día 21 de mayo de 2019 tuvo lugar la sesión constitutiva del Senado en la XIII
Legislatura, con arreglo a lo establecido en el Reglamento del Senado (RS). En esa
sesión constitutiva, después de la formación de la mesa de edad y de la elección de la
mesa del Senado, el presidente del Senado solicitó a los demás senadores electos el
juramento o promesa de acatamiento de la Constitución tal y como recogen los
arts. 108.8 de la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del régimen electoral general
(LOREG) y 11.3 RS. El presidente, tras la contestación de cada senador, a través de
distintas fórmulas, a la pregunta «¿Juráis o prometéis acatar la Constitución?» acordó
que «todos los que han prestado acatamiento a la Constitución han adquirido la
condición plena de senadores».
b) El portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el Senado elevó el día 23 de
mayo de 2019 un escrito a la mesa del Senado solicitando la revisión de todas las
fórmulas utilizadas para prometer o jurar acatar la Constitución, al entender que algunos
senadores no emitieron una respuesta clara e inequívoca al respecto y no respetaron lo
previsto en el Reglamento.
c) El 29 de mayo de 2019 la mesa del Senado comunicó el acuerdo en cuya virtud
«de conformidad con lo previsto en el artículo 11.3 del Reglamento del Senado,
interpretado según la jurisprudencia establecida en la sentencia del Tribunal
Constitucional 74/1991, de 8 de abril, y siguiendo los precedentes obrantes en la
Cámara, no procede la revisión de las fórmulas de acatamiento a la Constitución
utilizadas por cada uno de los senadores».
d) El 11 de junio de 2019 el portavoz del Grupo Parlamentario Popular en el
Senado dirigió a la mesa una solicitud de reconsideración del citado acuerdo de 29 de
mayo de 2019, con la finalidad de que se procediera a la revisión de todas y cada una de
las fórmulas utilizadas para acatar la Constitución, con el objeto de comprobar si los
términos utilizados y las respuestas ofrecidas se ajustaban a la legalidad.
e) La solicitud de reconsideración fue desestimada por acuerdo de la mesa del
Senado de 18 de junio de 2019. En el acuerdo se argumenta que el Senado solo debe
atender a su Reglamento en lo que atañe al juramento o promesa de acatamiento de la
Constitución por parte de los senadores y no a otras disposiciones. Indica también que la
doctrina constitucional sobre este asunto afirma la prevalencia de los derechos de
participación y representación amparados por el artículo 23.2 de la Constitución «sobre
una exigencia formalista o rigorista» de los requisitos establecidos para su ejercicio,
como pudiera ser el contemplado en el citado art. 11.3 RS, por lo que vienen
aceptándose en sucesivas legislaturas fórmulas de acatamiento con un contenido
diferente del previsto expresamente en el citado Reglamento del Senado siempre que,
en todo caso, se afirme dicho acatamiento.
3. La demanda de amparo, tras reproducir algunas de las fórmulas de juramento o
promesa empleadas indicando que algunas de ellas entran en contradicción con el
juramento o promesa de acatar la Constitución, señala que se ha vulnerado el derecho
fundamental a la representación política del art. 23.1 CE y el principio de igualdad y no
discriminación del art. 14 CE por tener por cumplimentado por todos los senadores el
requisito de promesa o juramento de acatamiento de la Constitución, afirmando la
adquisición de la condición plena de parlamentario a senadores electos que no han
cumplido el requisito establecido en el art. 11 RS.
Los recurrentes identifican en la demanda las expresiones o fórmulas utilizadas por
diecisiete senadores que se recogen en el «Diario de Sesiones», como fórmulas que no
podían admitirse para el cumplimiento del requisito de acatamiento de la Constitución.

cve: BOE-A-2023-24503
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Núm. 286