I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2023-24414)
Orden HFP/1286/2023, de 28 de noviembre, por la que se modifica la Orden EHA/3127/2009, de 10 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 190 para la Declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, y la Orden HAP/2368/2013, de 13 de diciembre, por la que se aprueba el modelo 270, «Resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta. Gravamen especial sobre los premios de determinadas loterías y apuestas» y se determinan el lugar, forma, plazo y el procedimiento para su presentación.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Jueves 30 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 159380

334-335 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido, se consignará a ceros.
(336-348) COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Campo numérico de trece
posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe anual de las
retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se
refiere el artículo el artículo 10.1.f) segundo párrafo, del Convenio Económico
entre el Estado y la Comunidad Foral de Navarra, aprobado por la Ley 28/1990,
de 26 de diciembre, efectivamente ingresados en la Comunidad Foral de Navarra.
En otro caso, este campo se consignará relleno a ceros.
Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
336-346 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.
347-348 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.
(349-361) DIPUTACIÓN FORAL DE ARABA/ÁLAVA. Campo numérico de trece
posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe anual de las
retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se
refiere el artículo 7.uno.c) segundo párrafo, del Concierto Económico con la
Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por la Ley 12/2002, de 23 de
mayo, efectivamente ingresados en la Diputación Foral de Araba/Álava. En otro
caso, este campo se consignará relleno a ceros.
Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
349-359 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.
360-361 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.
(362-374) DIPUTACIÓN FORAL DE GIPUZKOA. Campo numérico de trece
posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe anual de las
retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se
refiere el artículo 7.uno.c) segundo párrafo, del Concierto Económico con la
Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por la Ley 12/2002, de 23 de
mayo, efectivamente ingresados en la Diputación Foral de Gipuzkoa. En otro caso,
este campo se consignará relleno a ceros.
Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
362-372 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.
373-374 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.
(375-387) DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA. Campo numérico de trece
posiciones. Se consignará, sin signo y sin coma decimal, el importe anual de las
retenciones e ingresos a cuenta, correspondientes a los rendimientos a que se
refiere el artículo 7.uno.c) segundo párrafo, del Concierto Económico con la
Comunidad Autónoma del País Vasco, aprobado por la Ley 12/2002, de 23 de
mayo, efectivamente ingresados en la Diputación Foral de Bizkaia. En otro caso,
este campo se consignará relleno a ceros.
Los importes deben consignarse en euros. Este campo se subdivide en dos:
375-385 Parte entera del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.
386-387 Parte decimal del importe de las retenciones practicadas e ingresos a
cuenta efectuados; si no tiene contenido se consignará a ceros.»

cve: BOE-A-2023-24414
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Núm. 286