I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA. Impuestos. (BOE-A-2023-24412)
Orden HFP/1284/2023, de 28 de noviembre, por la que se aprueba el modelo 430 de "Impuesto sobre las primas de seguros. Autoliquidación" y se determina la forma y procedimiento para su presentación, y se modifican las órdenes ministeriales que aprueban los diseños de registro de los modelos 165, 180, 184, 188, 189, 193, 194, 196, 198, 296 y se actualiza el contenido de los anexos I y II de la orden ministerial que aprueba el modelo 289.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023
Artículo 3.

Sec. I. Pág. 159314

Plazo de presentación del modelo 430.

La presentación e ingreso del modelo 430 se efectuará en los veinte primeros días
naturales del mes siguiente a la finalización del correspondiente periodo de liquidación
mensual, excepto la correspondiente al periodo de liquidación del mes de julio, que se
presentará durante el mes de agosto y los veinte primeros días naturales del mes de
septiembre inmediatamente posteriores.
Artículo 4. Formas de presentación del modelo 430.
La presentación del modelo 430, «Impuesto sobre las Primas de Seguros.
Autoliquidación» se efectuará de forma obligatoria por vía electrónica a través de
Internet, con sujeción a la habilitación y condiciones del artículo 6 de la Orden
HAP/2194/2013, de 22 de noviembre, por la que se regulan los procedimientos y las
condiciones generales para la presentación de determinadas autoliquidaciones,
declaraciones informativas, declaraciones censales, comunicaciones y solicitudes de
devolución, de naturaleza tributaria y de acuerdo con el procedimiento establecido en los
artículos 7 a 10 de esa misma orden.
Artículo 5. Modificación de la Orden de 17 de noviembre de 1999, por la que se
aprueban los modelos 128, en pesetas y en euros, de declaración-documento de
ingreso y los modelos 188, en pesetas y en euros, del resumen anual de retenciones
e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, del
Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes
correspondiente a establecimientos permanentes, en relación con las rentas o
rendimientos del capital mobiliario procedentes de operaciones de capitalización y de
contratos de seguro de vida o invalidez, así como los diseños físicos y lógicos para la
sustitución de las hojas interiores de los citados modelos 188 por soporte
directamente legible por ordenador.
Se introducen las siguientes modificaciones en la Orden de 17 de noviembre
de 1999:
Uno. Se modifica el campo «N.I.F. DEL DECLARANTE», que ocupa las
posiciones 9-17 del registro de tipo 1, registro de declarante, de los diseños de registro
del modelo 188, contenidos en el anexo V de la Orden de 17 de noviembre de 1999, que
tendrá la siguiente redacción:

9‑17

Naturaleza

Descripción de los campos

Alfanumérico N.I.F. DEL DECLARANTE.
Se consignará el N.I.F. del declarante.
Este campo deberá estar ajustado a la derecha, siendo la
última posición el carácter de control y rellenando con ceros
las posiciones de la izquierda, de acuerdo con las reglas
previstas en el Reglamento General de las actuaciones y los
procedimientos de gestión e inspección tributaria y de
desarrollo de las normas comunes de los procedimientos de
aplicación de los tributos, aprobado por el Real Decreto
1065/2007 de 27 de julio (BOE del 5 de septiembre)».

cve: BOE-A-2023-24412
Verificable en https://www.boe.es

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