I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL. Organización. (BOE-A-2023-24415)
Orden ETD/1287/2023, de 17 de noviembre, por la que se regulan las secciones de los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica de la "Nueva Economía de la Lengua" y de "Microelectrónica y Semiconductores" del Registro Estatal de entidades interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 286

Jueves 30 de noviembre de 2023

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I. DISPOSICIONES GENERALES

MINISTERIO DE ASUNTOS ECONÓMICOS
Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
Orden ETD/1287/2023, de 17 de noviembre, por la que se regulan las
secciones de los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y
Transformación Económica de la «Nueva Economía de la Lengua» y de
«Microelectrónica y Semiconductores» del Registro Estatal de entidades
interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y
Transformación Económica.

El Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas
urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan
de Recuperación, Transformación y Resiliencia, determina una serie de principios de
gestión, enfocados a una implementación eficaz y a la consecución de objetivos
vinculados a los proyectos asignados en el marco del Plan mencionado, destacando, por
la importancia que van a tener en la absorción de los fondos, los principios de
planificación estratégica y de gestión por objetivos, agilidad, celeridad, simplicidad y
claridad en los procedimientos, procesos y ejecución de tareas.
Regula en el capítulo II del título II una nueva figura de colaboración público-privada:
El Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (en adelante,
PERTE) que se configura como la clave para la ejecución de los distintos proyectos
tractores contemplados en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Los
proyectos incluidos en tales PERTEs contribuirán al crecimiento económico, al empleo y
a la competitividad de nuestro país. Se trata de proyectos de carácter estratégico en
determinados sectores, con un importante potencial de arrastre para el resto de los
sectores de la economía, y que exigen la colaboración entre Administraciones Públicas,
empresas y centros de investigación para conseguir que incrementen sus operaciones
en nuestro país.
Para el adecuado seguimiento de cada uno de los PERTE se crea, en el artículo 9
del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, el Registro estatal de entidades
interesadas en los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación
Económica (en adelante, REPERTE), dependiente del Ministerio de Hacienda y Función
Pública, en el que se inscribirán todas las entidades vinculadas al desarrollo de un
PERTE, independientemente de su naturaleza jurídica pública o privada y de su forma de
constitución. Asimismo, el artículo 9 habilita a los titulares de los departamentos
ministeriales competentes por razón de la materia en relación con cada uno de los
PERTE para el desarrollo reglamentario de cada sección del Registro, estableciendo los
requisitos necesarios, la naturaleza jurídica de las entidades registradas, y el
procedimiento para el acceso al mismo, siempre relacionados con las características
propias del PERTE.
Por su parte, la Orden HFP/168/2022, de 7 de marzo, que regula el funcionamiento y
estructura del Registro Estatal de las entidades interesadas en los Proyectos
Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica, atribuye, en el
artículo 5.3, a los titulares de los departamentos ministeriales competentes por razón de
la materia, en relación con cada uno de los PERTE aprobados, el establecimiento de la
regulación de cada sección del Registro, la determinación de las condiciones técnicas,
económicas y jurídicas exigibles para la acreditación de las entidades, la recepción de
las solicitudes de los interesados, la valoración de las mismas y la aceptación o la
denegación de dichas peticiones de acreditación de las entidades a inscribir, así como la

cve: BOE-A-2023-24415
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