V. Anuncios. - B. Otros anuncios oficiales. COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CATALUÑA. (BOE-B-2023-35777)
Resolución de la Dirección general de Energía de la Generalitat de Cataluña, por la cual se otorga a BLUE VIKING LINEA, S.L., la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción, declaración de utilidad pública y autorización del proyecto de actuación específica de interés público en suelo no urbanizable del proyecto de la planta solar fotovoltaica denominada "PSFV Vilanova" de 3,45 MW sobre terreno en suelo no urbanizable, en el término municipal de Vilanova d'Escornalbou, en la comarca del Baix Camp, provincia de Tarragona (expediente: FUE-2022-02831884).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. V-B. Pág. 58021

Características principales de la instalación de generación denominada "PSFV
Vilanova":
- Planta solar fotovoltaica: consta de 6.720 módulos fotovoltaicos montados
sobre estructura fija y 19 inversores, realizando un total de 3,965 MWp y 3,45 MW
de potencia nominal a evacuar y sus líneas soterradas de interconexión.
- Término municipal afectado: Vilanova d’Escornalbou (Tarragona).
La salida de los inversores en corriente alterna conecta a un centro de
transformación de 4250 kVA y 0,8/25 kV. El Centro de Transformación se
conectará de forma subterránea con un Centro de Seccionamiento y Medida (CM),
éste tendrá la celda de medida y dará salida a la línea de evacuación que discurrirá
de forma subterránea hasta conectar con un soporte de una línea aérea existente
de 25 kV propiedad de la empresa distribuidora y que se encuentra situado en la
misma parcela. Esta línea, no forma parte de este proyecto y requerirá de su
propia autorización independiente.
Punto de conexión: soporte metálico de la línea aérea existente de 25kV
propiedad de la empresa distribuidora, que se encuentra en las coordenadas UTM
31,327305.43, 4552830.65.
Presupuesto total de la instalación: 2.343.409,51 euros.
Esta Resolución se dicta de acuerdo con lo dispuesto en la normativa
anteriormente mencionada, y también el artículo 17 y el capítulo 4 del Decreto
1775/1967, de 22 de julio, sobre régimen de instalación, ampliación y traslado de
industrias y está sometida a las condiciones especiales siguientes:
1. Las instalaciones se ejecutarán de acuerdo con el Proyecto técnico ejecutivo
de la instalación "PSFV Vilanova", de 3,45 MW, conectado a la red de distribución,
en el término de Vilanova d’Escornalbou, de octubre de 2022, redactado por el
ingeniero técnico industrial, Daniel Jiménez Lapeña, colegiado número 26965 del
Colegio d’Enginyers Tècnics Industrials de Barcelona.
2. Cualquier cambio en la configuración energética de la instalación, requerirá
la autorización previa del Departamento de Acción Climática, Alimentación y
Agenda Rural.
3. El titular deberá justificar que los equipos que se incorporarán serán nuevos
y sin uso previo de acuerdo con lo que establece el apartado 9 del artículo 11 del
Real Decreto 413/2014, en el caso de solicitar el otorgamiento del régimen
retributivo específico.
4. Esta autorización es independiente de las autorizaciones o licencias que son
competencia de otros organismos o entidades públicas necesarias para llevar a
cabo las obras y las instalaciones aprobadas.
5. El titular deberá dar cumplimiento a las condiciones impuestas por los
organismos o empresas de servicios que hayan emitido informe durante el
procedimiento administrativo.
6. La construcción y el funcionamiento de esta instalación eléctrica se somete a
lo establecido en el Real Decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban
el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en
instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas
complementarias ITC-RAT 01 a 23; el Real Decreto 223/2008, de 15 de febrero,
por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de

cve: BOE-B-2023-35777
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Núm. 285