III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES. Comunidades autónomas. Convenio. (BOE-A-2023-24403)
Resolución de 21 de noviembre de 2023, de la Presidencia de la Agencia Estatal Consejo Superior de Investigaciones Científicas, M.P., por la que se publica el Convenio con Barcelona Supercomputing Center, la Fundación de la Comunitat Valenciana Centro de Estudios del Mediterráneo, la Universitat Jaume I y la Universidad de País Vasco/Euskal Herriko Unibertsitatea, para la realización del proyecto de I+D+i "Plan Nacional de Ozono Troposférico".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 159278

las entidades participantes y su ordenación para un fin compartido, bajo las premisas de
interdisciplinariedad y eficiencia en la gestión de los recursos.
Por lo anteriormente expuesto, los intervinientes acuerdan la suscripción del presente
convenio para la realización conjunta de un proyecto, que se regirá por las siguientes,
CLÁUSULAS
Primera.

Objeto.

El objeto del presente convenio es establecer la colaboración científico-técnica entre
el CSIC, a través del IDAEA, el BSC-CNS, el CEAM, la ITC-UJI, a través del Instituto de
Tecnología Cerámica (en adelante ITC-UJI) y la UPV/EHU, a través de la Escuela de
Ingeniería de Bilbao, en la realización conjunta del Proyecto de I+D+i Plan Nacional de
Ozono Troposférico (PNO3 o «el Proyecto»), consistente en las investigaciones y
actuaciones necesarias para evaluar los niveles y tendencias de ozono troposférico en
España, estudiar la fenomenología de sus episodios de contaminación, obtener
cuantificaciones de las contribuciones de los diferentes sectores emisores de sus
precursores, y proponer posibles estrategias de reducción de estas últimas con posible
efectividad en la reducción de la contaminación por ozono, en los términos establecidos
por las partes en este convenio y en el Plan de Trabajo que éstas acuerden y al que se
hace referencia en la cláusula segunda.
En particular, el convenio regula los compromisos de las partes para la ejecución
conjunta del Proyecto, incluyendo la organización del trabajo, la gestión y justificación del
Proyecto, los derechos y obligaciones de las partes, la distribución de los fondos y la
titularidad de los resultados, así como la responsabilidad y la resolución de los posibles
conflictos.
El Proyecto cuenta con la financiación indicada anteriormente por lo que, en su
ejecución, justificación y difusión, las partes deberán cumplir con lo que haya establecido
el MITERD (en adelante, «agente financiador») para la transferencia de los fondos.
Segunda.

Obligaciones de las partes.

1. Las partes se comprometen a realizar las siguientes actuaciones para el
cumplimiento del objeto del Proyecto, que serán detalladas en un Plan de Trabajo que
aprobarán a través del mecanismo de seguimiento:

a.1) El CSIC realizará estudios de interpretación de series temporales 2010-2020
de niveles de ozono en varias cuencas atmosféricas de España, así como medidas de
compuestos orgánicos volátiles (COVs) precursores de ozono. Se generarán informes y
bases de datos con dichos estudios y medidas que serán posteriormente utilizados por el
BSC-CNS, CEAM, ITC-UJI y UPV/EHU. El CSIC redactará capítulos específicos del
PNO3 y coordinará dicha redacción.
a.2) El CEAM colaborará con el CSIC en la interpretación de series temporales de
ozono, y en las campañas de medida de COVs (a.1), y realizará análisis de las muestras
de estas campañas. Además, el CEAM colaborará con el BSC para evaluar los
resultados de los trabajos de modelización del BSC-CNS (a.3), y en su caso identificar
las mejoras necesarias para una mejor reproducción/modelización de los niveles de
ozono, de 3 cuencas atmosféricas. El CEAM redactará informes al respecto y además
los capítulos específicos del PNO3 que le asigne el CSIC.
a.3) El BSC llevará a cabo la modelización de los niveles de ozono para las mismas
cuencas estudiadas por el CSIC, CEAM y UPV/EHU (a.1, a.2 y a.4), y hará estudios de
sensibilidad para ver el efecto que determinadas medidas de reducción de emisiones de

cve: BOE-A-2023-24403
Verificable en https://www.boe.es

a) Desarrollar las tareas de investigación previstas en el Plan de Trabajo de
acuerdo con la metodología, el cronograma y los plazos que en el mismo se detallen.
Las tareas consistirán en que: