II. Autoridades y personal. - B. Oposiciones y concursos. UNIVERSIDADES. Cuerpos docentes universitarios. (BOE-A-2023-24371)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Universidad de A Coruña, por la que se convoca concurso de acceso a plaza de cuerpos docentes universitarios.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. II.B. Pág. 158908

Secretario/a. Los miembros de la Comisión que estuvieran ausentes de la prueba cesarán en
tal condición, sin perjuicio de las responsabilidades en que pudieran haber incurrido.
Si una vez comenzada la primera prueba la Comisión quedara con menos de tres
miembros, se procederá al nombramiento de una nueva Comisión por el procedimiento
establecido en el artículo 9 de la normativa que regula los concursos y no podrán formar
parte de ella los miembros de la primera que cesaran en esta condición.
5.7 En el acto de constitución la Comisión establecerá y hará públicos, antes del
acto de presentación, los criterios de valoración del concurso adecuados al perfil de la
plaza.
5.8 Durante el desarrollo del concurso, la Comisión resolverá las dudas que
pudieran surgir en la aplicación de estas normas, así como lo que proceda en los casos
no previstos en ellas. En todo momento su actuación se ajustará a lo dispuesto en la
Ley 39/2015, de 1 de octubre.
6.

Acto de presentación

6.1 El acto de presentación será público y, en el transcurso de este, los/las
candidatos/as entregarán al Presidente/a de la Comisión de Acceso, por quintuplicado, la
siguiente documentación:
a) Currículum vitae, en el que detallarán su historial académico, docente,
investigador, de gestión y, de ser el caso, sanitario-asistencial, junto con un ejemplar de
las publicaciones y de los documentos acreditativos de sus méritos. El currículum vitae
deberá ajustarse al modelo que se acompaña como anexo IV.
b) Proyecto docente e investigador que el/la candidata/a se propone desarrollar de
serle adjudicada la plaza a la que concursa; dicho proyecto se ajustará, si se fijasen en la
convocatoria, a las especificaciones establecidas.
6.2 En el acto de presentación, los/las concursantes recibirán cuantas instrucciones
sobre la celebración de las pruebas deban comunicárseles; asimismo, se determinará,
mediante sorteo, el orden de actuación de los/las concursantes y se fijará el lugar, fecha
y hora del inicio de las pruebas.
6.3 El/la Secretario/a de la Comisión de Acceso garantizará que la documentación
que entreguen los concursantes pueda ser consultada antes del inicio de las pruebas por
los candidatos.
7.

Realización de las pruebas

7.1 Los concursos de acceso constarán de las pruebas y se ajustarán al
procedimiento que establece el artículo 12 de la normativa aprobada por acuerdo del
Consejo de Gobierno del 10 de diciembre de 2008 por la que se regulan los concursos
de acceso a cuerpos de funcionarios/as docentes universitarios en la Universidad de A
Coruña.
7.2 Las pruebas serán públicas y cada una de ellas será eliminatoria.
7.3 Finalizada cada prueba, cada miembro de la Comisión entregará al/a la
Presidente/a un informe razonado, ajustado a los criterios previamente fijados, de cada
uno de los/as concursantes, con expresión explícita de voto favorable o desfavorable.
7.4 Para superar la prueba es necesario obtener, por lo menos, tres votos
favorables de los miembros de la Comisión de Acceso.
7.5 La propuesta de provisión de plazas se realizará en base a los votos favorables
recibidos de los miembros de la Comisión. En caso de empate se recurrirá a la votación,
sin que sea posible la abstención. De persistir el empate, dirimirá el voto del/de la
Presidente/a.

cve: BOE-A-2023-24371
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Núm. 285