III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24389)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Skytanking Spain, SLU.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 159155

Permiso Europeo de Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR) y Permiso de
Conducción en Plataforma (PCP), así como las autorizaciones y permisos
administrativos que fuesen necesarios para el desarrollo de su trabajo.
C) Descripciones de la prestación laboral, actividades y tareas de los puestos de
trabajo del Grupo Profesional III: Técnicos.
En este grupo profesional se incluyen a título meramente orientativo todas aquellas
actividades que por analogía son asimilables a las siguientes:
a)

Responsable de turno.

Además de las tareas inherentes a su puesto de trabajo y Grupo Profesional, asume
la responsabilidad complementaria de coordinar la tareas y desempeño del personal que
presta servicios en el mismo turno de trabajo, siempre que se trate de, al menos, 3
trabajadores, y que en su franja horaria no se encuentre prestando servicios un
Especialista de Área o Responsable de Equipo.
A título meramente enunciativo y no limitativo:
Proporciona orientación a los empleados del turno cuando sea necesario. Garantiza
el cumplimiento de las normas y procedimientos de la Empresa y el sector. Transmite las
reclamaciones y solicitudes de clientes y empleados para su posterior tramitación.
Cumplimenta los permisos de trabajo. Controla de acceso, información y seguimientoacompañamiento de las visitas o trabajadores externos. Realiza funciones de
responsable de emergencia. Actúa como recurso preventivo en actividades especiales
(trabajo en altura, espacios confinados, etc.).
Capacitación:
FP1 o FP2 o conocimientos equivalentes.
Formación superada en módulo abastecedor especialista-gamas de mantenimiento
preventivo.
Pleno conocimiento de las normas de seguridad del sector.
Carnet de conducir tipo C+E.
Permiso Europeo de Transporte de Mercancías Peligrosas (ADR) y Permiso de
Conducción en Plataforma (PCP), así como las autorizaciones y permisos
administrativos que fuesen necesarios para el desarrollo de su trabajo.
b)

Abastecedores 1.ª:

«Unidad repostadora»: vehículo de suministro, autopropulsado o remolcado,
diseñado y utilizado para transportar combustible para las aeronaves, capaz de realizar
la puesta a bordo y extracción, en su caso, del combustible de la aeronave por medio de
un sistema de bombeo.
«Dispenser»: vehículo de suministro, autopropulsado o remolcado, diseñado y
utilizado para la puesta a bordo de combustible a la aeronave requiriendo una fuente
externa de combustible que lo suministra a presión.
Asimismo, a título meramente enunciativo y no limitativo:
Realiza las funciones del área o áreas a las que esté adscrito (suministro hidrante,
cisterna, labores mecánicas). Operaciones de mantenimiento e inspección básicas de las

cve: BOE-A-2023-24389
Verificable en https://www.boe.es

Con conocimientos técnicos y prácticos completos y un alto grado de
perfeccionamiento y rendimiento, iniciativa propia y responsabilidad, aun cuando se
encuentre sometido a supervisión; realiza las operaciones de puesta a bordo (sobre
plano, por tarjetas, etc.) y extracción, en su caso, de combustible de la aeronave,
mediante la utilización de vehículos, equipos, herramientas y maquinaria, especialmente
y de forma habitual de unidades de suministro: