III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24388)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ibermática, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 159088

– Recepción de las incidencias técnicas y funcionales, desde su diagnóstico hasta la
resolución de carácter técnico.
– Gestión de inventarios de equipamiento informático.
– Actividades administrativas y/o de soporte necesarias para la realización, gestión y
ejecución de funciones, operaciones, modelos y/o procesos de negocio a favor de
terceros, así como gestión de la tecnología que da soporte a esas funciones,
operaciones, modelos y/o procesos.
– Diseño, implantación y gestión de nuevas infraestructuras de las tecnologías de la
información y comunicaciones (TIC).
Grupo A.
Operación.

Personal Técnico de Atención a Usuarios – Personal Técnico de

Pertenecen a este grupo profesional las personas que ejecutan tareas técnicas y
administrativas de baja complejidad sujetas a instrucciones de trabajo, por formación,
conocimiento y experiencia profesional. Desarrollan sus funciones sin autonomía y bajo
supervisión.
En relación al personal técnico de atención a usuarios realizarán diagnosis,
resolución y cierre, de incidencias y peticiones con vías de entrada y salida mail, teléfono
y sistemas de ticketing.
En relación al personal de operación, monitorizarán y operarán los sistemas,
electrónica de red, procesos y programas de un CPD.
Nivel I.
Máximo tiempo: 1 año y además experiencia en 2 o más proyectos/clientes.
Complejidad de las tareas: Baja.
Autonomía en las tareas: Baja.
Personas a cargo: No.
Nivel II.
Máximo tiempo: 2 años y además experiencia en 2 o más proyectos/clientes.
Complejidad de las tareas: Alta.
Autonomía en las tareas: Alta.
Personas a cargo: No.
Nivel III.
Complejidad de las tareas: Alta.
Autonomía en las tareas: Alta.
Personas a cargo: Sí.
Personal Técnico Informático.

Pertenecen a este grupo profesional las personas que, ejecutan los procesos
administrativos y técnico-operativos, con un grado de complejidad medio, y que
dispongan de la necesaria formación, conocimiento y experiencia profesional. Puede
supervisar tareas de personas a su cargo. Desarrollan sus funciones con autonomía
limitada.
En relación al personal técnico informático de sistemas distribuidos requieren de los
conocimientos y capacidad para prestar asistencia técnica on-site y remota en la
configuración, diagnóstico, mantenimiento y reparación de ordenadores y dispositivos
periféricos, así como la instalación, configuración y mantenimiento de entornos
operativos y de redes sencillas.
Nivel I.
Complejidad de las tareas: Baja.

cve: BOE-A-2023-24388
Verificable en https://www.boe.es

Grupo B.