III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24388)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ibermática, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 159086

Realizan actividades que incluyen entre otras el análisis y diseño técnico, desarrollo y
mantenimiento de software, preparación y carga de datos, ejecución de las pruebas
definidas, participación en la elaboración de la documentación del proyecto, colaboración
en la configuración de los entornos de trabajo; colaboración en las tareas de
preparación, entrega y soporte del sistema para despliegue en entornos; etc.
Nivel I.
Complejidad de las tareas: Baja.
Autonomía en las tareas: Baja.
Personas a cargo: Puede tener profesionales a su cargo (Grupos Inferiores).
Nivel II.
Complejidad de las tareas: Alta.
Autonomía en las tareas: Alta.
Personas a cargo: Puede tener profesionales a su cargo (Grupos inferiores y Grupo
propio).
Grupo C.

Analista Orgánico.

Pertenecen a este grupo profesional las personas que, ejecutan los procesos
administrativos y técnico-operativos, con un grado de complejidad alto y que dispongan
de la necesaria formación, conocimiento y experiencia profesional. Puede supervisar
tareas de personas a su cargo. Desarrollan sus funciones con autonomía.
Realizan actividades que incluyen entre otras el análisis y diseño técnico, desarrollo y
mantenimiento de software, preparación y carga de datos, ejecución de las pruebas
definidas, participación en la elaboración de la documentación del proyecto, colaboración
en la configuración de los entornos de trabajo; colaboración en las tareas de
preparación, entrega y soporte del sistema para despliegue en entornos; supervisión de
la calidad del código; asignación de tareas a personas a su cargo; apoyo técnico al
equipo y pueden participar en los procesos de selección del equipo y de los candidatos
que cumplan requisitos técnicos; pueden hacer también la revisión de imputaciones de
las personas a su cargo y valoración de las mismas, etc.
Nivel I.
Complejidad de las tareas: Baja.
Autonomía en las tareas: Baja.
Personas a cargo: Sí (Grupos Inferiores).
Nivel II.
Complejidad de las tareas: Alta.
Autonomía en las tareas: Alta.
Personas a cargo: Sí (Grupos inferiores y Grupo propio).

Pertenecen a este grupo profesional las personas que, realizan actividades de tipo
técnico dentro de un área determinada de conocimiento, y se responsabilizan de la
programación y supervisión de actividades realizadas por colaboradores internos o
externos, y que dispongan de la necesaria formación, conocimiento y experiencia
profesional. Organizan y programan las actividades bajo su responsabilidad, pudiendo
llegar a supervisar de forma cercana la actividad desarrollada por las personas que
componen sus equipos. Desarrollan sus funciones con autonomía y capacidad de
supervisión media.
Contemplan actividades del tipo de toma de requerimientos; interlocución con el
cliente; análisis, diseño, implementación y mantenimiento de software; preparación y

cve: BOE-A-2023-24388
Verificable en https://www.boe.es

Grupo D. Analista Funcional.