III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24388)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ibermática, SA.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285
Miércoles 29 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 159069
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24388
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ibermática, SA.
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Ibermática, SA (código de
convenio n.º: 90002692011984), que fue suscrito con fecha 12 de julio de 2023, de una
parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y de otra por el Comité intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2 /2015,
de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de noviembre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón
Prieto.
CONVENIO COLECTIVO IBERMÁTICA, SA 2022-2027
CAPÍTULO I
Condiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
El presente Convenio colectivo tiene por objeto regular las relaciones laborales y
sociales entre la Empresa Ibermática, SA, y su plantilla.
Firmantes.
1. La Empresa Ibermática, SA, por medio de sus gerentes o representantes.
2. El personal de la citada Empresa, a través de sus representantes en el Comité
Intercentros.
3. La validez de los acuerdos, referentes al presente Convenio, deberá estar
firmada por la parte empresarial y por un mínimo de la mitad más uno de la RLPT.
cve: BOE-A-2023-24388
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.
Núm. 285
Miércoles 29 de noviembre de 2023
Sec. III. Pág. 159069
III. OTRAS DISPOSICIONES
MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24388
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de Ibermática, SA.
Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa Ibermática, SA (código de
convenio n.º: 90002692011984), que fue suscrito con fecha 12 de julio de 2023, de una
parte, por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y de otra por el Comité intercentros, en representación de los trabajadores afectados, y
de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto
de los Trabajadores, Texto Refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 2 /2015,
de 23 de octubre (BOE del 24), y en el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre
registro y depósito de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de
igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio colectivo en el correspondiente Registro
de convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de noviembre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón
Prieto.
CONVENIO COLECTIVO IBERMÁTICA, SA 2022-2027
CAPÍTULO I
Condiciones generales
Artículo 1.
Objeto.
El presente Convenio colectivo tiene por objeto regular las relaciones laborales y
sociales entre la Empresa Ibermática, SA, y su plantilla.
Firmantes.
1. La Empresa Ibermática, SA, por medio de sus gerentes o representantes.
2. El personal de la citada Empresa, a través de sus representantes en el Comité
Intercentros.
3. La validez de los acuerdos, referentes al presente Convenio, deberá estar
firmada por la parte empresarial y por un mínimo de la mitad más uno de la RLPT.
cve: BOE-A-2023-24388
Verificable en https://www.boe.es
Artículo 2.