III. Otras disposiciones. MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL. Convenios colectivos de trabajo. (BOE-A-2023-24387)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo de F. Faiges, SL.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

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III. OTRAS DISPOSICIONES

MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL
24387

Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Trabajo,
por la que se registra y publica el Convenio colectivo de F. Faiges, SL.

Visto el texto del Convenio colectivo de la empresa F. Faiges, SL (Código de
convenio: 90104461012023), que fue suscrito con fecha 19 de julio de 2022, de una
parte por los designados por la Dirección de la empresa, en representación de la misma,
y de otra por los delegados de personal, en representación de los trabajadores
afectados, y que ha sido definitivamente subsanado mediante Acta de la Comisión
negociadora de 2 de noviembre de 2023, y de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 90, apartados 2 y 3, de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, Texto Refundido
aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, y en el Real
Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de Convenios colectivos,
acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad,
Esta Dirección General de Trabajo resuelve:
Primero.
Ordenar la inscripción del citado Convenio en el correspondiente Registro de
Convenios colectivos, acuerdos colectivos de trabajo y planes de igualdad, con
funcionamiento a través de medios electrónicos de este Centro Directivo, con notificación
a la Comisión Negociadora.
Segundo.
Disponer su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Madrid, 17 de noviembre de 2023.–El Director General de Trabajo, Ricardo Morón
Prieto.
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA F. FAIGES, SL
CAPÍTULO I
Artículo 1.

Ámbito territorial y funcional.

El presente convenio será de aplicación y de obligado cumplimiento para la empresa
F. Faiges, SL y las personas que prestan sus servicios en los centros de trabajo de las
provincias de Tarragona y Ciudad Real, regulando las relaciones laborales entre ambas
partes.
Ámbito personal.

Quedan incluidas en el ámbito del presente convenio todas las personas
trabajadoras de los citados centros de trabajo de la empresa en virtud de su contrato de
trabajo.
Se excluye del presente convenio al personal de alta dirección de la empresa y su
relación laboral se regirá por su contrato de trabajo y, en todo caso, por la normativa que
resulte de aplicación.

cve: BOE-A-2023-24387
Verificable en https://www.boe.es

Artículo 2.