I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-24208)
Real Decreto 892/2023, de 28 de noviembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo al Consorcio Español para el Desarrollo Industrial del programa Eurofighter, Agrupación de Interés Económico, para el programa de modernización, evolución y apoyo logístico del avión de combate EF-2000 (III).
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 158658

Social, a través de certificados telemáticos en cuyo caso el solicitante no deberá aportar
las correspondientes certificaciones. Esta presentación se realizará de forma electrónica,
de acuerdo con lo previsto en el artículo 14.2.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, a través del
registro electrónico disponible en la sede electrónica asociada del Ministerio de Industria
y Turismo.
2. No obstante, el solicitante podrá denegar expresamente el consentimiento
debiendo aportar entonces las certificaciones correspondientes.
3. Además, el solicitante debe encontrarse al corriente de pago de las obligaciones
de reembolso de cualesquiera otros préstamos o anticipos anteriormente concedidos con
cargo a los Presupuestos Generales del Estado.
Artículo 4. Obligaciones del consorcio CEDIEF A.I.E.
El beneficiario deberá cumplir las siguientes obligaciones:
a) Transferir a la agencia NETMA las cantidades correspondientes a la contribución
española al programa EF2000(III) en los plazos e importes que se establezcan en la
orden de concesión de la persona titular del Ministerio de Industria y Turismo.
b) Justificar ante el órgano concedente la transferencia a NETMA de las cantidades
recibidas en concepto de préstamo para el programa EF 2000 (III).
c) Ejecutar los trabajos que en el marco de este programa le sean encomendados a
las empresas constituyentes de CEDIEF A.I.E., por los consorcios Eurojet Turbo GmbH y
Eurofighter GmbH.
d) Devolver el préstamo según el calendario de amortización que figura en el
artículo 5.
e) Las obligaciones que establezca la orden de concesión.
f) Las demás obligaciones establecidas para los beneficiarios de subvenciones
previstas en el artículo 14 y concordantes de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de
su Reglamento, aprobado mediante Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
Artículo 5. Cuantía y financiación.
1. El préstamo a CEDIEF A.E.I. se concede por un importe de mil setecientos
cincuenta millones de euros (1.750.000.000 €) y tiene carácter plurianual.
Se imputará a los presupuestos de gastos del Ministerio de Industria y Turismo de los
años 2023 a 2026, de acuerdo con el siguiente calendario:
Año

Importe

Euros

2023

449.950.000

2024

450.050.000

2025

450.000.000

2026

400.000.000

Total.

1.750.000.000

El préstamo se otorga a interés del 0 por ciento fijo y no revisable y sin exigencia de
garantías.
Los hitos de pago del programa que correspondan a estas anualidades y los
importes asociados se detallarán en la orden ministerial de concesión.

cve: BOE-A-2023-24208
Verificable en https://www.boe.es

Núm. 285