I. Disposiciones generales. MINISTERIO DE INDUSTRIA Y TURISMO. Subvenciones. (BOE-A-2023-24207)
Real Decreto 891/2023, de 28 de noviembre, por el que se establecen las normas reguladoras de la concesión directa de un préstamo al Consorcio Español para el Desarrollo Industrial del Programa Eurofighter, Agrupación de Interés Económico, para el Programa Halcón.
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Núm. 285

Miércoles 29 de noviembre de 2023

Sec. I. Pág. 158648

El préstamo se otorga a interés del 0 por ciento fijo y no revisable y sin exigencia de
garantías.
Los hitos de pago del programa que correspondan a estas anualidades y los
importes asociados se detallarán en la resolución ministerial de concesión.
2. La devolución del préstamo al Tesoro Público será realizada por CEDIEF A.I.E.
según el siguiente calendario de amortizaciones:
Año

Importe

Euros

2028

83.012.823

2029

64.830.611

2030

29.280.641

2031

99.280.641

2032

151.978.642

2033

299.280.642

2034

350.000.000

2035

320.000.000

Total.

1.397.664.000

La devolución del préstamo está asegurada por el negocio jurídico que CEDIEF
A.I.E. y el Ministerio de Defensa suscribirán para la devolución del préstamo que le
librará el Ministerio de Industria y Turismo.
Este calendario es coherente con el programa de pagos que se contemplará en el
citado negocio jurídico entre el Ministerio de Defensa y CEDIEF A.I.E. En caso que se
modifiquen los pagos previstos entre el Ministerio de Defensa y CEDIEF A.I.E., el
Ministerio de Industria y Turismo deberá variar este calendario de amortizaciones
mediante real decreto aprobado a propuesta de la persona titular del Ministerio de
Industria y Turismo, para ajustarlo a los mismos.
El incumplimiento de las obligaciones de devolución podrá dar lugar a la revocación
del préstamo y al reintegro del importe del préstamo todavía no amortizado más los
correspondientes intereses de demora.
Procedimiento de concesión.

1. El préstamo se concederá de forma directa, en aplicación de lo previsto en el
artículo 22.2.c) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en relación con lo establecido en
los apartados 2 y 3 del artículo 28 de dicha Ley, por su carácter singular y por concurrir
razones de interés público, social y económico que dificultan su convocatoria pública,
mediante correspondiente resolución de concesión de la persona titular del Ministerio de
Industria y Turismo, sin perjuicio de las correspondientes delegaciones.
2. El procedimiento de concesión de la subvención previsto se iniciará con la
entrada en vigor de este real decreto. CEDIEF A.I.E. dispondrá de quince días hábiles
para presentar la solicitud y la documentación prevista en el artículo 3 del presente real
decreto.
3. El órgano instructor del procedimiento para la concesión del préstamo será la
Subdirección General de Áreas y Programas Industriales, perteneciente a la Dirección
General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa.
4. El órgano instructor se encargará de revisar la documentación acreditativa del
cumplimiento de las condiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, para poder ser beneficiario de la ayuda. Si la solicitud no reúne los
requisitos establecidos en la convocatoria, el órgano competente requerirá a la entidad

cve: BOE-A-2023-24207
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Artículo 6.