III. Otras disposiciones. MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO. Impacto ambiental. (BOE-A-2023-24089)
Resolución de 17 de noviembre de 2023, de la Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Helipuerto de Puerto el Pico, Ávila".
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BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
Lunes 27 de noviembre de 2023

Sec. III. Pág. 158076

Vegetación, hábitats de interés comunitario (HIC) y flora.
Durante las visitas de campo efectuadas, se ha constatado que el área donde se
ubicará el BRIF está desarbolada y ocupada fundamentalmente por formaciones de tipo
matorral, dominados por el piorno Cytisus oromediterraneus y herbazal o pastizales
xerofíticos mediterráneos de vivaces y anuales, dominados por Festuca elegans. La
vegetación ha sido transformada por la actividad ganadera, debido a la cual se carece de
cubierta arbolada. El proyecto afectará, aproximadamente, a una superficie 13.522 m2 de
matorral disperso, 32.978 m2 de pastizal y 1.400 m2 de vegetación de suelos
edafohigrófilos.
En la zona ubicada al norte de la parcela de actuación, en los márgenes del río
Alberche, la vegetación presente es de tipo bosque ribereño, con Fraxinus angustifolia,
Salix spp. y Alnus glutinosa, que no será afectada por el proyecto.
Al este del proyecto se encuentra un pinar de repoblación de pino albar (Pinus
sylvestris) que se verá afectado por las labores de soterramiento de la tubería de
abastecimiento de agua, que recorrerá una longitud aproximada de 2 km desde el
depósito de arroyo Grande hasta la base. Se prevé que podría ser necesario talar, como
máximo, 100 pies de pino albar, aunque se intentará evitar la tala en la medida de lo
posible. El pinar afectado se ubica en el Monte de Utilidad Pública «El Colmenar».
No se identifican efectos sobre HIC en el interior de Red Natura 2000 por la
ocupación de la base BRIF. Fuera de Red Natura 2000, de acuerdo con la cartografía
disponible, las actuaciones proyectadas están próximas a una superficie con presencia
del HIC prioritario 6230* «Formaciones herbosas con Nardus, con numerosas especies,
sobre sustratos silíceos de zonas montañosas (y de zonas submontañosas de Europa
continental)». El promotor prevé impactos sobre dicho HIC durante el acondicionamiento
del camino de acceso existente, no obstante, al tratarse de efectos tangenciales sobre
zonas colindantes al camino, no lo considera significativo.
El promotor considera los impactos previstos sobre la vegetación, en su conjunto,
compatibles y poco significativos, teniendo en cuenta la naturaleza y dimensiones de las
actuaciones y las características de la vegetación en la zona de actuación. Estos
impactos se asocian a la tala de pinos de repoblación y a la ocupación de pastizal y
matorral desarbolado. Ningún hábitat de interés comunitario se verá afectado de forma
significativa.
Además, señala que el funcionamiento de las nuevas instalaciones de la base BRIF
generará un impacto positivo sobre la vegetación, ya que su función es la de
mantenimiento y protección forestal, mediante labores de extinción y prevención de
incendios o en labores de mantenimiento del monte.
Entre las medidas preventivas para reducir los impactos que pudiera haber sobre la
vegetación, se encuentran los siguientes:
En la fase previa a las obras se revisará la ubicación de ejemplares singulares y/o
rodales de vegetación de especial interés, con objeto de protegerlos de forma específica
y evitar dañarlos durante la ejecución de las obras. Se procederá a marcar los árboles o
rodales de vegetación cercana a las obras que pudieran verse afectados. El desbroce y
despeje de vegetación se planificará de modo que la superficie afectada sea la menor
posible.
Se minimizará la afección a la vegetación circundante durante la tala de los
ejemplares de pinos de repoblación previstos. Para ello, se identificarán y marcarán
previamente los árboles, minimizando la afección del paso de maquinaria y
compactación del suelo, así como, la acumulación innecesaria de restos vegetales.
Los restos procedentes de cortas y desbroces de vegetación deberán ser retirados
en el menor tiempo posible, no debiendo quedar ningún residuo en el comienzo de la
época de peligro alto de incendio.
Se realizará el mantenimiento de la vegetación en aquellas zonas que hayan sido
restauradas.

cve: BOE-A-2023-24089
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Núm. 283